PROYECTO CURRICULAR

 Ciclo Formativo de FP de grado superior

ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS


Actualizado a junio de 2010
 

1. INTRODUCCIÓN

El Proyecto Curricular debe servir para desarrollar las intenciones educativas del Proyecto Educativo de Centro (objetivos estratégicos), mediante la formalización de toda una serie de decisiones de carácter organizativo y pedagógico (objetivos tácticos) que a su vez actuarán como referente para las decisiones de carácter operativo. Estos objetivos deben estar en concordancia con las posibilidades reales de llevar a cabo el proyecto, siempre condicionado por las normas propias de un sistema educativo reglado, por la realidad social y económica del entorno, por la infraestructura y recursos del instituto, por el profesorado existente en el mismo, por el alumnado, por los apoyos institucionales y empresariales, etc. Decisiones que afectarán a la organización docente, a las programaciones didácticas y de aula, a la evaluación, son suficientes para darnos cuenta de la importancia de este documento y de las razones del carácter pedagógico y administrativo que se le confiere.

No debemos olvidar tampoco la importancia de que nuestro proyecto curricular sea un documento vivo, por lo que debemos dotarnos de instrumentos que permitan medir su grado de aplicación y utilidad así como de mecanismos para su revisión.

El artículo 67 del Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria hace referencia al proyecto curricular para cada una de las etapas educativas que se imparten en el instituto de acuerdo con el currículo oficial y los criterios establecidos por el Claustro.

Dado que en el Instituto se ofertan Ciclos formativos de familias profesionales diferentes con características específicas, se ha optado por elaborar un Proyecto Curricular para cada Ciclo Formativo si bien con una estructura común y en el que haya apartados que puedan ser coincidentes.

2. ADECUACIÓN DE LOS OBJETIVOS GENERALES AL CONTEXTO SOCIOECONOMICO Y CULTURAL DEL INSTITUTO Y A LAS CARACTERÍSTICAS DEL ALUMNADO.

El Instituto de Educación Secundaria “Tiempos Modernos” se encuentra situado en la margen izquierda del río Ebro dentro del casco urbano de la ciudad de Zaragoza, en el barrio denominado ACTUR. Este barrio de la ciudad se caracteriza desde hace varios años, por un elevado crecimiento demográfico al ser elegido como lugar de residencia por numerosas familias compuestas, mayoritariamente, por parejas jóvenes con hijos e hijas en edad de escolarización en las diferentes etapas educativas. El nivel socioeconómico predominante puede considerarse medio. Destacar el importante aumento de la actividad comercial y de servicios (en el barrio) en los últimos años provocado, en gran medida, por la instalación de grandes superficies y centros comerciales.

El área de influencia del centro se extiende a barrios próximos como son Arrabal - Picarral - Zalfonada y en el caso de nuestro ciclo puede considerarse toda la ciudad al ofertarse esta familia profesional solamente en algunos Institutos.

Se podría decir que la buena dotación en recursos materiales y humanos, que actualmente tiene el centro para la impartición de formación profesional específica se sigue actualizando a través de las aportaciones específicas que realiza D.G.A.

El alumnado a quien se dirigen estas enseñanzas es, en general, mayor de 20 años, proveniente en su mayor parte de Bachiller LOGSE, con muy poca relevancia cuantitativa del alumnado procedente de prueba de acceso, siendo mayoritario el de sexo femenino, posiblemente por las características del perfil profesional del Título. En ocasiones han cursado estudios universitarios, preferentemente Empresariales. No existe el sentimiento de "alumno fracasado", "forzado" a ir a Formación Profesional.

Por la experiencia del curso anterior (encuestas que se pasan a principio de curso y posterior conocimiento personal), resulta decisivo a la hora de matricularse el aspecto práctico de las enseñanzas y el deseo de trabajar en el sector. Comienza a sentirse la Formación Profesional de grado superior como una vía rápida de acceso al empleo, que puede llegar a constituir una alternativa real a la Universidad.

Durante los primeros días de curso se realizará un esfuerzo para presentar la realidad y la finalidad de los estudios en los que se han matriculado. Una buena vía es proponer, sugerir, comentar o presentar, aun sin resolver, los supuestos de "simulación" contemplados en el "Desarrollo Curricular del Ciclo Formativo de Grado Superior", elaborado por la Secretaría de Estado de Educación y editado por ANELE.

También estos primeros días de curso son comunes las faltas de asistencia y los abandonos, probablemente porque el alumno intuye que nuestra oferta no cumple sus expectativas. Desde el punto de vista de una enseñanza profesional postobligatoria, es positivo que renuncie quien prefiera otro futuro profesional o quien sospeche que la dedicación exigida es distinta a la prevista. Pero debe cuidarse al máximo el seguimiento de estos aspectos durante el primer mes lectivo, invitando a causar baja a quienes no estén dispuestos a cumplir con la asistencia exigida, cubriendo su plaza con alumnos procedentes de lista de espera. De no hacerlo así, se corre el peligro de terminar primero con un exiguo grupo de alumnos, privando además de un potencial derecho a la enseñanza a personas que tienen interés en matricularse en nuestros estudios.

Con carácter general el alumnado presenta interés por los estudios elegidos y por incorporarse al mercado laboral para obtener independencia económica de sus familias. Una parte importante de los alumnos que acaban el ciclo siguen estudios de Diplomatura especialmente de Empresariales

 

2.1. RELACIÓN DEL CICLO FORMATIVO DEL TITULO CON EL SECTOR PRODUCTIVO

El Ciclo formativo tiene como principal objetivo que los alumnos obtengan la competencia profesional definida, a partir del sistema productivo, para este técnico que se quiere formar.

El desarrollo curricular del Ciclo, en consecuencia, tiene que tener siempre presente el referente del sistema productivo, que para este técnico es el R.D. 1659/1994, de 22 de julio, por el que se establece el Título del mismo

Una parte del Ciclo formativo se desarrolla, además, en el sistema productivo; se trata del Módulo de Formación en centro de trabajo que actúa de nexo constante del mismo con la realidad del sistema productivo completando y contrastando la formación obtenida en el aula con la adquirida en el centro de trabajo y con la realidad profesional.

El área de influencia en la selección de empresas para la realización de la formación en centros de trabajo no es sólo el entorno más próximo al instituto, en donde se han enclavado bastantes empresas como ya se ha señalado, sino también toda la ciudad y los polígonos industriales de su área metropolitana que es, en definitiva, el ámbito en el que se desarrollan las actividades laborales de la población. En dicha zona el número de empresas dedicadas a distintas actividades es importante y en todas ellas es necesario realizar tareas de tipo administrativo.

 

2.2. EL PERFIL PROFESIONAL DEL TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

El perfil profesional del Técnico superior en Administración y Finanzas viene definido en el R. D. 1659/1994, de 22 de julio, que establece este Título y sus correspondientes enseñanzas mínimas del mismo.

Constituye el referente final de la acción formativa desarrollada en el aula, de forma que la acción docente debe ir encaminada a que el alumno desarrolle con autonomía suficiente las siguientes funciones o actividades mínimas o generales:

2.2.1 COMPETENCIA GENERAL:

Organizar y realizar la administración y gestión de personal, de las operaciones económico-financieras y de la información y asesoramiento a clientes o usuarios, tanto en el ámbito publico como privado/ según el tamaño y actividad de la empresa y organismo y de acuerdo con los objetivos marcados, las normas internas establecidas y la normativa vigente.

RESPONSABILIDAD Y AUTONOMÍA EN SITUACIONES DE TRABAJO:

Este técnico, aunque puede ser supervisado por técnicos de nivel superior, es autónomo, por lo general, en las siguientes funciones o actividades:

· La elaboración, actualización, verificación y control de ficheros de proveedores, clientes, personal y demás documentos o información generados por la actividad de la empresa.

· El control y gestión de stocks.

· El inventario de existencias en almacén.

· Resolución de reclamaciones, tramitación de quejas, elaboración de partes de incidencias tanto en la empresa como ante cualquier organismo público, ya sea central, local o autonómico.

· Confección de nóminas y liquidación de impuestos indirectos y directos que afecten a la empresa.

· Información y asesoramiento al público/clientes según los productos y/o servicios ofertados especialmente en el sector bancario, de seguros, en la Administración Pública y otras actividades del sector servicios.

· Verificación y registro contable de la documentación derivada de la actividad económica y financiera.

· Elaboración de estados de cuentas, balances, inventarios y otros estados financieros.

· Cálculo de ratios, presupuestos y costes que afecten al área o departamento donde está ubicado.

· Control de flujos de tesorería.

Se propone el análisis constante del cumplimiento paulatino de estos objetivos como pauta principal de la evaluación de la práctica docente, resaltando la importancia que tiene el primer curso en relación con el segundo, dado que la mayor parte de estos objetivos están vinculados a módulos profesionales cursados en primero.

2.2.2 CAPACIDADES PROFESIONALES:

· Administrar y gestionar el aprovisionamiento de existencias, determinando los niveles de almacenamiento mínimo y óptimo y elaborando inventarios según los criterios de valoración establecidos por la empresa y la normativa mercantil vigente,

· Realizar planes presupuestarios y supervisar la gestión de tesorería a corto y medio plazo mediante el análisis de flujos de cobros y pagos, la captación de recursos financieros propios y ajenos y el estudio de viabilidad de proyectos de inversión.

· Cumplimentar documentos e impresos oficiales de acuerdo con la normativa mercantil, laboral y fiscal dentro de los plazos establecidos y presentarlos ante los organismos correspondientes.

· Realizar los registros contables correspondientes de las operaciones económico-financieras en los libros auxiliares y obligatorios, interpretando y analizando el balance y los resultados contables según los procesos y procedimientos administrativos de acuerdo con la normativa vigente.

· Elaborar y presentar las cuentas anuales y el informe de gestión dentro de los plazos exigidos por la normativa mercantil ante los organismos correspondientes.

· Aplicar procesos y procedimientos administrativos establecidos en la selección, contratación y formación de los recursos humanos y organizar y supervisar la administración y gestión de personal según la normativa laboral y los criterios establecidos.

· Informar y asesorar, a requerimiento del cliente, sobre productos y/o servicios financieros y de seguros, de forma que se refuercen y promuevan las relaciones futuras, estableciendo un sistema de seguimiento personalizado.

· Tramitar y realizar la gestión administrativa ante un organismo o entidad oficial, local o autonómica, aplicando el procedimiento administrativo público y demás normativas correspondientes a las Administraciones Públicas.

· Obtener la información necesaria y relevante para la empresa con el fin de elaborar los informes de auditoria, aplicando los procesos y procedimientos marcados por el auditor.

· Utilizar programas informáticos de propósito general en la elaboración y cumplimentación de los documentos e informes utilizados habitualmente en la administración y gestión empresarial.

· Utilizar programas informáticos específicos de gestión, habituales en las áreas de administración y gestión empresarial.

· Poseer una visión global e integrada del proceso de administración y gestión relativa a los diferentes aspectos técnicos, organizativos, económicos y humanos.

· Adaptarse a las nuevas situaciones laborales generadas como consecuencia de los cambios producidos por la aplicación de técnicas nuevas, organización laboral y aspectos económicos relacionados con su profesión.

· Mantener comunicaciones efectivas en el desarrollo de su trabajo coordinando su actividad con otras áreas de la organización.

· Mantener relaciones fluidas con los miembros del grupo funcional en el que está integrado responsabilizándose de la consecución de los objetivos asignados al grupo, respetando el trabajo de los demás, organizando y dirigiendo tareas colectivas y cooperando en la superación de las dificultades que se presenten con una actitud tolerante hacia las ideas de los compañeros y subordinados.

· Resolver problemas y tomar decisiones en el ámbito de las realizaciones de sus subordinados y de los suyos propios en el marco de las normas y planes establecidos consultando con sus superiores la solución adoptada cuando los efectos que se puedan producir alteren las condiciones normales de seguridad, organización o económicas.

· Estudiar y proponer nuevos criterios o acciones encaminadas a mejorar la actividad de su unidad manteniéndose informado de las innovaciones, tendencias, tecnología y normativa aplicable a su, ámbito de competencia.

2.2.3. UNIDADES DE COMPETENCIA

1. Administrar y gestionar el aprovisionamiento de existencias.

2. Administrar y gestionar la financiación, presupuesto y tesorería.

3. Administrar y gestionar los recursos humanos.

4. Realizar y analizar las operaciones contables y fiscales.

5. Realizar y supervisar operaciones de asesoramiento, negociación, reclamación y venta de productos y servicios.

6. Administrar y gestionar ante la Administración Pública.

7. Informar y asesorar sobre productos y servicios financieros y de seguros.

8. Realizar las gestiones de un servicio de auditoria.

 

3. ORGANIZACIÓN DE LOS MÓDULOS DENTRO DEL CICLO

 

3.1. LOS MÓDULOS PROFESIONALES DEL ClCLO Y SU ASIGNACIÓN HORARIA

Los contenidos del Ciclo formativo están organizados en Módulos profesionales siendo la duración establecida para la impartición del currículo la de dos cursos lectivos e incluyendo dentro de este período la realización del Módulo de Formación en centro de trabajo.

El R.D. 1674/1994, de 22 de julio, establece las horas globales asignadas para el desarrollo de cada Módulo.

MODULO

H.T.

H.S.

CARACTER

Módulo 1: Gestión de aprovisionamiento

125

4

Unidad de competencia 1

Módulo 2: Gestión financiera.

160

5

Unidad de competencia 2

Módulo 3: Recursos humanos,

130

4

Unidad de competencia 3

Módulo 4: Contabilidad y fiscalidad.

290

9

Unidad de competencia 4

Módulo 5: Aplicaciones informáticas y operatoria de teclados.

255

8

* CARÁCTER TRANSVERSAL

Módulo 6: Gestión comercial y servicio de atención al diente.

90

4

Unidad de competencia 5

Módulo 7: Administración pública.

110

5

Unidad de competencia 6

Módulo 8: Productos y servicios financieros y de seguros.

110

5

Unidad de competencia 7

Módulo 9: Auditoria.

90

4

Unidad de competencia 8

Módulo 10: Proyecto empresarial

195

9

** CARÁCTER TRANSVERSAL

Módulo 11: Formación y orientación laboral

65

3

 

Módulo 12: Formación en centro de trabajo.

380 ***

   

* Módulo 5: Aplicaciones informáticas y operatoria de teclados.

En el diseño del Ciclo formativo no se hace referencia a una Unidad de Competencia profesional específica de informática ya que éste es un Módulo de carácter transversal; no obstante al analizar la referencia del sistema productivo se destacan las siguientes capacidades profesionales:

Utilizar programas informáticos de propósito general en la elaboración y cumplimentación de los documentos e informes más habituales en la administración y gestión empresarial.

Utilizar programas informáticos específicos de gestión, habituales en las áreas de administración y gestión empresarial.

El conocimiento, manejo y control de los equipos de oficina, de la informática y de las aplicaciones de propósito general y específico, se plantea como requisito indispensable para la realización de cualquier tipo de trabajo en el entorno funcional y tecnológico de esta figura profesional.

Los avances tecnológicos para el tratamiento, almacenamiento, comunicación y distribución de la información han supuesto la informatización de la gestión empresarial y las nuevas tecnologías de transmisión de la información justifican la formación sobre comunicaciones y redes.

Se emprende con este Módulo la tarea de introducir al alumno en el aprendizaje de la informática según los objetivos del Ciclo formativo enunciados a través de las capacidades profesionales.

** Módulo 10: Proyecto empresarial

El desarrollo curricular de este Módulo debe abrirse a las diferentes realidades de cada zona atendiendo a los requerimientos profesionales específicos, al tipo de alumnado y, sobre todo, a las cacterísticas del entorno empresarial y social.

En el R.D. 1659/1994, de 22 de julio, que establece el título de Técnico Superior en Administración y Finanzas no se hace referencia directa a una unidad específica de competencia profesional relacionada con el Módulo de Proyecto empresarial. Éste es un Módulo de carácter transversal. Sin embargo, la referencia del sistema productivo para este Módulo se desprende de las capacidades profesionales que definen el perfil profesional de este técnico, principalmente a través de las siguientes capacidades:

Poseer una visión global e integrada del proceso de administración y gestión relativa a los diferentes aspectos técnicos, organizativos, económicos y humanos.

Adaptarse a nuevas situaciones laborales generadas como consecuencia de los cambios producidos en las técnicas, organización laboral y aspectos económicos relacionados con su profesión.

Mantener relaciones fluidas con los miembros del grupo funcional en el que está integrado responsabilizándose de la consecución de los objetivos asignados al grupo, respetando el trabajo de los demás, organizando y dirigiendo tareas colectivas y cooperando en la superación de las dificultades que se presenten con una actitud tolerante hacia las ideas de los compañeros y subordinados.

Resolver problemas y tomar decisiones en el ámbito de las realizaciones de sus subordinados y de los suyos propios en el marco de las normas y planes establecidos consultando con sus superiores la solución adoptada cuando los efectos que se puedan producir alteren las condiciones normales de seguridad, de organización o económicas.

Estudiar y proponer nuevos criterios o acciones encaminadas a mejorar la actividad de su unidad, manteniéndose informado sobre las innovaciones, tendencias, tecnología y normativa aplicable a su ámbito de competencia.

*** Se realizan dentro del tercer trimestre del curso (abril-junio) .

 

4. PROGRAMACIÓN Y METODOLOGÍA DE LOS MÓDULOS DEL CICLO FORMATIVO

 

4.1. UNIDAD DE TRABAJO

Los contenidos de los diferentes Módulos del Ciclo formativo se han organizado en unidades formativas que se denominan Unidades de Trabajo. Estas Unidades de Trabajo se han definido y estructurado secuencialmente a partir de un único contenido organizador del aprendizaje definido para cada Módulo.

La programación de cada Unidad presenta los elementos curriculares que comprende clasificados en cuatro partes:

- Procedimientos (contenidos organizadores).

- Conceptos (contenidos soporte).

- Actividades de enseñanza y aprendizaje.

- Criterios de evaluación.

 

4.2. METODOLOGÍA DIDÁCTICA

El Real Decreto 676/1993, de 7 de mayo por el que se establecen directrices generales sobre los títulos y las correspondientes enseñanzas mínimas de Formación Profesional, establece textualmente en su artículo 15: “La metodología didáctica de la formación profesional promoverá en el alumnado, mediante la necesaria integración de los contenidos científicos, tecnológicos y organizativos de esta enseñanza, una visión global y coordinada de los procesos productivos en los que debe intervenir".

Por otra parte, del estudio de las capacidades terminales y de sus correspondientes criterios de evaluación, contrastados con la observación de los elementos de capacidad profesional descritos para este Título profesional, se deduce que el aprendizaje debe basarse en el saber hacer, y que el contenido organizador del mismo debe, por lo tanto, definirse en torno a los procesos reales de trabajo.

Los contenidos de cada módulo profesional interrelacionan diferentes disciplinas generalitas, pero a su vez también existe una interrelación entre ellos, dado que es imposible concebir profesionalidades parciales. El Departamento debe asumir, pues, que no existe autonomía en los contenidos propios de cada Módulo, sino que cada uno de ellos cobra sentido precisamente en la obtención global de una capacidad profesional.

El proceso enseñanza-aprendizaje evitará las clases magistrales y el dictado de apuntes. Se basará en la realización de actividades que propicien la iniciativa propia y el autoaprendizaje. Se propiciará la conexión con el mundo real, empresas, profesionales, organismos públicos, etc. Se utilizarán documentos reales. En ocasiones se invitará al alumno a que los diseñe a través de medios informáticos, fomentando su creatividad.

Se prestará especial atención a dotar al alumno una relación de fuentes de información. En particular prensa, revistas profesionales y, últimamente, con carácter preferencial, páginas web de internet.

El aprendizaje, en general, es progresivo, de forma que la evaluación positiva de una unidad supone la superación de las deficiencias y fallos anteriormente detectados.

En general, debe despertarse en el alumnado una cierta capacidad de análisis y observación tanto de los negocios en funcionamiento como de puestos de trabajo concretos. Desde el punto de vista de la metodología puede ser útil para detectar oportunidades de negocio que pueden plasmarse en el módulo "Proyecto Empresarial".

 

4.2.1. Decisiones de carácter general

1. Necesidad de asegurar la construcción de aprendizajes significativos.

Esto supone que el alumno/a relacione el nuevo aprendizaje con lo que ya sabe. Igualmente, debe ser funcional de manera que pueda ser utilizado en las circunstancias en las que el alumno/a lo necesite.

Debe ser objetivo prioritario posibilitar que los alumnos/as realicen aprendizajes significativos por sí solos, es decir, que sean capaces de aprender a aprender. Por tanto, será necesario orientar las actividades de aprendizaje de manera que fomenten la autonomía en la adquisición de los aprendizajes.

Reforzar los aspectos prácticos de cada módulo.

Se pretende poner de relieve la vinculación de cada módulo con el mundo del trabajo, asegurando con ello una Formación Profesional apropiada al perfil del título.

En virtud de las características de los Ciclos Formativos parece importante señalar el siguiente:

Con carácter general serán las ¨actividades¨ las que definan el proceso metodológico; de este modo, el diseño se realizará en función del agente principal de las mismas (enseñanza o aprendizaje), de los agrupamientos del alumnado y la finalidad de las mismas.

De acuerdo con lo anterior, en los módulos con mayor contenido práctico se procurará establecer desdobles de profesorado y alumnado en grupos de más de 20 alumnos/as.

 

4.2.2. Decisiones de carácter específico

Al inicio el curso se informará al alumnado de los siguientes aspectos de la programación:

· Presentación del profesor/a

· Capacidades, procedimientos y actitudes a desarrollar en el aula y su secuenciación.

· Procedimientos y técnicas utilizados en la evaluación, con mención especial de los objetivos, criterios de evaluación y criterios de calificación a seguir en cada módulo.

· Metodología de trabajo en el aula.

Con respecto a la metodología en clase:

· Se controlará la asistencia a clase sensibilizando al alumnado al respecto del despilfarro de recursos que supone su inasistencia en cursos especializados de formación profesional y la dificultad de recuperación para los alumnos/as que acumulen faltas de asistencia en módulos de carácter procedimental.

· El desarrollo de las unidades didácticas se ceñirá a las capacidades que se deben alcanzar, huyendo deliberadamente de aspectos que aún siendo interesantes, no conducen a las finalidades que se plantean de antemano.

· Los instrumentos utilizados tanto para el desarrollo de unidades didácticas, como para la evaluación deben corresponder, en la medida de lo posible, a situaciones reales en el mundo laboral.

 

5. CRITERIOS GENERALES SOBRE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES DEL ALUMNADO

Normativa de aplicación:

Real Decreto 1538/2006 de 15 de diciembre por el que se establece la estructura de los nuevos títulos de Formación Profesional.

ORDEN del 29 de Mayo de 2008, por la que se establece la estructura básica de los currículos de los ciclos formativos de Formación profesional.

ORDEN de 26 de octubre de 2009, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, que regula la matriculación, evaluación y acreditación académica del alumnado de Forma­ción Profesional en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón.

RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2010, de la Directora General de Formación Profesio­nal y Educación Permanente, por la que se dictan instrucciones para el desarrollo de la Orden de 26 de octubre de 2009, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, que regula la matriculación, evaluación y acreditación académica del alumnado de Forma­ción Profesional en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón.

 

5.1. Características generales

La evaluación de los aprendizajes del alumnado se realizará tomando como referencia las capacidades y criterios de evaluación establecidos para cada módulo profesional. Los criterios de evaluación establecen el nivel aceptable de consecución de la capacidad correspondiente y, en consecuencia, los resultados mínimos que deben ser alcanzados en el proceso enseñanza - aprendizaje.

La evaluación será realizada por el conjunto de profesores /as del respectivo grupo de alumnos /as, coordinados por el profesor tutor /ra del mismo. En la evaluación, que se realizará por módulos profesionales, los profesores / as considerarán el conjunto de los módulos correspondientes a cada ciclo formativo, así como la competencia profesional característica del título, que constituye la referencia para definir los objetivos generales del ciclo formativo y los objetivos expresados en términos de capacidades, de los módulos profesionales que lo conforman.

La aplicación del proceso de evaluación continua al alumnado, lo determinará cada profesor en su programación

Para poder aplicar el proceso de evaluación continua se requiere la asistencia del alumnado, al menos, al 85% del total de las clases y actividades programadas para cada módulo. Cuando un alumno/a no alcance dicho porcentaje de asistencia será evaluado mediante una prueba de carácter global a celebrar al final del curso. En todo caso, podrá no aplicarse dicho criterio cuando a juicio del profesor /ra responsable del módulo correspondiente concurran causas que justifiquen no haber alcanzado el porcentaje de asistencia mencionado.

NÚMERO DE FALTAS DE ASISTENCIA QUE DETERMINA LA PÉRDIDA DEL DERECHO A LA EVALUACIÓN CONTINÚA.

El porcentaje que determina la pérdida de la evaluación continua es del 15% respecto a la duración total del módulo profesional, siendo el número de horas que determinan la pérdida de evaluación continúa el que aparece reflejado en la siguiente tabla.

MODULO TOTAL MÓD

15%

Contabilidad y fiscalidad.

290

44

Aplicaciones informáticas y operatoria de teclados.

255

39

Gestión financiera.

160

24

Recursos humanos.

130

20

Gestión de aprovisionamiento.

125

19

Proyecto empresarial.

195

30

Administración Pública.

110

17

Productos y servicios financieros y seguros.

110

17

Gestión Comercial y servicio de atención al cliente.

90

14

Auditoría.

90

14

Formación y Orientación Laboral.

65

10

 

En la programación didáctica de cada módulo se establece el procedimiento extraordinario de evaluación.

CALENDARIO EVALUACIONES FINALES POR CURSO ACADÉMICO

CICLOS FORMATIVOS CUYA DURACIÓN SEA DE 2000 HORAS

Curso

Mes

Módulos profesionales que se van a evaluar

Convocatoria por curso

Actuaciones del equipo docente

Actuaciones del alumnado

Junio Módulos 1er curso

Primera

- Establecer actividades de recuperación de aprendizajes Matricularse en el próximo curso académico
Septiembre Módulos 1er curso pendientes

Segunda

- Decidir consejo orientador para el alumnado con módulos pendientes de 1º

- Indicar si es posible matricularse en el módulo de FCT.

Matricularse en el próximo curso, optando por repetir 1º o promocionar a 2º con módulos pendientes
Alumnos con matrícula en el módulo profesional de FCT

Previo al comienzo del módulo de FCT Módulos 2 º curso

Primera

- Indicar al alumnado que promociona a los módulos de FCT.

- Establecer actividades de recuperación de aprendizajes

 
Módulos 1º cursados en años anteriores y pendientes
Junio Módulo FCT

Primera

- Proponer la expedición del título Solicitud del título
Módulos 2 º curso pendientes

Segunda

- Indicar al alumnado que promociona a los módulos de FCT. Matricularse en el próximo curso académico
Módulos 1º cursados en años anteriores y pendientes
Evaluación excepcional Al finalizar el módulo de FCT Módulo FCT.

Primera o

Segunda

- Proponer la expedición del título Solicitud del título
Alumnos que NO tienen matrícula en el módulo profesional de FCT

Previo al comienzo del módulo de FCT Módulos 2º curso

Primera

- Establecer actividades de recuperación y aprendizajes
Junio Módulos 2º curso pendientes

Segunda

- Establecer actividades de recuperación y aprendizajes

- Indicar si es posible matricularse en el módulo de FCT.

Matricularse en el próximo curso académico
Módulos 1er curso pendientes

Primera

Septiembre Módulos 1er curso pendientes

Segunda

- Indicar si es posible matricularse en el módulo de FCT. Matricularse en el próximo curso académico
Evaluación excepcional Al finalizar el módulo de FCT Módulo FCT

Primera

- Proponer la expedición del título Solicitud del título

 

5.2. Tipos de actuaciones. Procedimientos de evaluación.

A partir de los criterios de evaluación incluidos en los Currículos oficiales, se atenderán a los siguientes aspectos:

· Definir las actividades que se evaluarán, atendiendo al momento (Continua / Final) y a la finalidad (Formativa / Sumativa)

 

EVALUACION INICIAL

CURSO ADF1

Del alumnado y de sus conocimientos previos, de sus actitudes y de su capacidad.

EVALUACION FORMATIVA

de carácter regulador, orientador y autocorrector del proceso educativo

EVALUACION SUMATIVA

Al final del proceso enseñanza aprendizaje de la unidad, materia o módulo.

* Establecer los instrumentos que se utilizarán para la obtención y suministro de la información. Estos deberán ser variados, aplicables en situaciones de aprendizaje en el centro educativo, dar información de lo que se pretende con la prueba y utilizar diferentes códigos. Con carácter general para todos los módulos, y sin perjuicio de que puedan establecerse otros en las programaciones didácticas de los respectivos módulos, se utilizarán los siguientes:

a) Pruebas individuales consistentes en la resolución de ejercicios y cuestionarios. En dichas pruebas podrá ser necesaria la utilización de los recursos materiales que se establezcan (ordenador, máquina de escribir, máquinas auxiliares y material de oficina, etc.). Las pruebas serán, fundamentalmente, de carácter procedimental y versarán sobre la resolución de supuestos prácticos que puedan transformarse fácilmente en actividades reales,

b) Participación en las clases. Cada profesor, en su programación, indicara la forma en que valorará la participación del alumnado en las clases, sus intervenciones y explicaciones sobre las actividades y ejercicios propuestos y su interés y dedicación.

c) Nota de grupo: obtenida en aquellas actividades y trabajos que se realicen en grupos. Se valorará la calidad de los trabajos, la claridad de conceptos, la organización de la exposición, grado de participación en los posibles debates, etc.

Con carácter general, será necesario que el alumnado adquiera la totalidad de las capacidades terminales de cada uno de los módulos para superarlos.

El proceso de evaluación de la Formación Profesional específica implica, al menos, las siguientes actuaciones:

· Evaluación de cada módulo profesional.

· Antes de iniciar la formación en centros de trabajo, evaluación de todos los módulos profesionales realizados en el centro educativo.

· Al finalizar la formación en centros de trabajo, evaluación final del ciclo formativo completo.

 

5.3. Calificación.

La expresión de la evaluación, se realizará en términos de calificaciones. Las calificaciones, se formularán en cifras de 1 a 10, sin decimales en el caso de la evaluación final de cada módulo profesional, salvo en el módulo profesional de formación en centros de trabajo, y con una sola cifra decimal en el caso de la evaluación final del ciclo formativo. Se considerarán positivas las calificaciones iguales o superiores a cinco puntos y negativas las restantes.

Cada profesor determinará, en la programación correspondiente a cada módulo profesional, los criterios de calificación que considere oportunos, en cuanto a la valoración de las pruebas, trabajos, etc, tanto individuales como en grupo.

La calificación del módulo profesional de formación de centros de trabajo se formulará en términos de apto/no apto y será realizada por el Profesor tutor del grupo con la colaboración del responsable designado por el centro de trabajo para el seguimiento de la formación del alumnado durante su estancia en dicho centro. La colaboración consistirá en un informe que valore las actividades realizadas en relación con los objetivos atribuidos a este módulo. Si la formación en centros de trabajo ha tenido que desarrollarse en varios centros o empresas, se recabará un informe de cada uno de ellos.

 

5.4. Acceso a la FCT

Los alumnos/ as deben aprobar todos los módulos para realizar el módulo de F.C.T.

La decisión correspondiente la adoptará el equipo educativo en la evaluación ordinaria que se realizará en el mes de marzo.

Los alumnos /as que no puedan realizar la FCT, por no cumplir los requisitos anteriores deberán realizar las actividades de recuperación de los módulos pendientes en convocatoria de junio.

 

5.5. Sesiones de evaluación

Se denominan sesiones de evaluación a las reuniones del conjunto de profesores/ as que imparten docencia al mismo grupo, organizadas y presididas por el tutor o tutora, celebradas con objeto de contrastar las informaciones proporcionadas por el profesorado de los distintos módulos profesionales y valorar de manera colegiada el progreso del alumnado en la obtención de los objetivos generales del ciclo formativo y de los objetivos específicos de los módulos profesionales que lo conforman.

Se realizarán las siguientes sesiones de evaluación:

SESIÓN DE EVALUACIÓN INICIAL

La evaluación inicial se realizará conjunta para todos los módulos. Incluyendo el cuestionario de procedencia y una encuesta de conocimiento.

La evaluación inicial se realizará conjunta para todos los módulos que componen el ciclo formativo, de acuerdo al siguiente calendario:

· Durante la tercera semana de octubre el tutor pasará al alumnado el cuestionario de procedencia y la encuesta de conocimiento.

· Con posterioridad, previa convocatoria de Jefatura de Estudios se realizará la sesión de evaluación inicial.

 

1.- Se celebrará una sesión de evaluación y, en su caso, de calificación cada trimestre lectivo.

A partir de los datos recogidos en las sesiones de evaluación, el tutor elaborará un informe-síntesis que será transmitido a cada alumno y alumna o sus representantes legales a través del correspondiente boletín informativo. Dicho informe y la correspondiente comunicación incluirá, en su caso, las calificaciones que se hubieren formulado.

2.- Sesión de evaluación y calificación final ordinaria de los módulos que componen la formación en el centro educativo, que normalmente se celebrará:

Para primer curso, en el mes de junio al alumno con módulos no superados el profesor proporcionará las actividades de refuerzo, apoyo y orientación en el F-ACTIVIDADES DE RECUPERACIÓN DE LOS MÓDULOS PROFESIONALES NO SUPERADOS EN JUNIO.

Para segundo curso, en el mes de marzo. En esta sesión se adoptarán las siguientes decisiones:

· Acceso a F.C.T. del alumnado que ha superado todos los módulos.

· El profesor proporcionará las actividades de refuerzo, apoyo y orientación en el F-ACTIVIDADES DE RECUPERACIÓN DE LOS MÓDULOS PROFESIONALES NO SUPERADOS EN MARZO.

3.- Sesión de evaluación y calificación “extraordinaria” de módulos pendientes.

Para primer curso se celebrará en el mes de septiembre. Junto con las calificaciones finales se facilitará al alumnado el correspondiente el F-Consejo Orientador.

Para segundo curso se celebrará en el mes de junio.

El alumno podrá ser evaluado y calificado de un mismo módulo profesional de los realizados en el centro educativo un máximo de cuatro veces entre ordinarias y extraordinarias y del módulo de FCT dos veces como máximo. Cabe tramitar renuncias dos meses antes de la evaluación final del curso. Cabe tramitar renuncia de convocatoria de módulos con dos meses de antelación.

SITUACIONES EN LAS QUE SE PUEDE ENCONTRAR EL ALUMNADO DESPUÉS DE LAS EVALUACIONES FINALES Y MÓDULOS PROFESIONALES EN LOS QUE DEBERÍA MATRICULARSE

ANEXO II

Situación del alumno

Curso en el que se matricula

Módulos pendientes de 1º

Módulos profesionales en los que se matricula

Aprueba todos los módulos de 1º

------

- Todos los módulos de 2º
Suspende módulos de 1º y opta por repetir

------

- Todos los módulos pendientes de 1º
Suspende módulos de 1º y opta por promocionar a 2º

Algunos de los establecidos en el currículo para la promoción - Todos los módulos pendientes de 1º

- Todos o algunos de los módulos de 2º en los que pueda matricularse

- No es posible la matrícula de los módulos de FCT

Ninguno de los establecidos en el currículo para la promoción - Todos los módulos pendientes de 1º

- Todos los módulos de 2º

- Todos los módulos pendientes de 1º

- Alguno/s de los módulos de 2º

- No es posible la matrícula de los módulos de FCT

RECUPERACIÓN DE APRENDIZAJES

Con carácter general, el responsable de la atención al alumnado de 2º con módulos no superados de primer curso, será el profesor/a que imparta dicho módulo en primer curso.

El profesor responsable comunicará al alumnado la información específica mediante la guía resumen del módulo.

INFORMACIÓN DEL PROCESO DE EVALUACIÓN

Con el fin de facilitar información, en lo relativo a las valoraciones sobre el proceso de aprendizaje al alumnado y sus padres o tutores legales, si es el caso, el profesorado dispondrán en su horario personal de una hora de atención a familias que se dará a conocer al comienzo del curso, en la reunión que se establezca a tal efecto.

 

5.6. Documentos de evaluación

El expediente académico.

Las actas de evaluación.

Los informes de evaluación personalizados.

 

6. CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA ATENDER LA DIVERSIDAD

Un grupo de personas, está regido por la diversidad de sus conocimientos, sus actitudes, su entorno familiar, etc. Desde la enseñanza de la formación profesional específica, cuyos logros están marcados previamente por las capacidades terminales que han de alcanzar los alumnos y alumnas, las posibilidades de atender esta diversidad están limitadas por la propia naturaleza del tipo de enseñanza. No obstante, existen una serie de recursos que pueden satisfacer en parte, estas necesidades de adaptación curricular.

Trataremos en definitiva, de detectar las características del grupo, las necesidades de éste y se facilitará que cada alumno o alumna pueda progresar por encima de un mínimo exigible a cada uno de ellos en concordancia con las capacidades terminales fijadas previamente en razón de la homologación del título y para que este pueda le pueda ser realmente útil.

Las adaptaciones curriculares, podemos clasificarlas en tres tipos : no significativas (no afectan a los objetivos - capacidades mínimas), significativas (es necesario modificar no sólo las actividades sino también eliminar o sustituir determinados objetivos) , y de acceso (mediante la modificación de las condiciones materiales o del puesto de trabajo).

Especial mención merece los alumnos y alumnas que precisen de las dos últimas. Para estos casos se debe contar con apoyos del profesorado y del personal especializado y del Dpto de orientación, al objeto de proporcionar a este alumnado los medios que le permitan desarrollar las capacidades terminales.

Los requisitos previos a la adaptación curricular en los ciclos formativos pasan por una correcta orientación del alumno/a hacia aquellos ciclos que le permitan un mayor aprovechamiento de sus aptitudes.

Por otra parte, se prepararán adaptaciones curriculares para alumnos/as con necesidades educativas especiales tras seguir los pasos que se citan a continuación:

a) Recepción de información acerca de las características de las necesidades educativas especiales de la persona afectada. Esta información será facilitada por el Departamento de Orientación al comienzo del curso.

b) Información de las actividades instrumentales y de las habilidades cognitivas, propias del perfil profesional del título, que será facilitada por el profesorado del equipo educativo del ciclo.

c) Reunión entre tutor/a del CF, equipo educativo y dpto. de orientación para elaborar propuestas sobre las posibles adaptaciones, medidas de control de la evolución del alumno/a, posibles intervenciones en el aula, orientación del alumno/a, etc.

En todo caso, la Orden de 14 de febrero de 1.996, sobre evaluación del alumnado con necesidades educativas especiales regula los aspectos referidos a evaluación y registro en la documentación administrativa del alumnado que precise adaptaciones de acceso y/o adaptaciones curriculares significativas.

El apartado Segundo. 2 de dicha Orden establece que “la evaluación de los aprendizajes del alumnado con adaptaciones curriculares en algunos de sus módulos, se realizará tomando como referencia los criterios de evaluación para ellos propuestos, que, en todo caso, asegurarán un nivel suficiente de consecución de las capacidades correspondientes”.

Como señala la mencionada Orden, las adaptaciones se incorporarán a los documentos del proceso de evaluación de la siguiente forma: “En Formación Profesional, el documento individual de adaptaciones curriculares, el informe de evaluación psicopedagógica y, en su caso, el dictamen de escolarización se adjuntarán al expediente académico del alumno o alumna, consignándose la circunstancia de dicha adaptación en el apartado “Datos médicos y psicopedagógicos relevantes. En el Libro de Calificaciones y en las actas de evaluación se añadirá un asterisco (*) a la calificación del módulo y convocatoria que corresponda y se extenderá la diligencia correspondiente”.

Por otra parte, el apartado Séptimo.4 de la citada orden modifica las condiciones establecidas en el artículo décimo de la Orden de 14 de noviembre de 1.994, autorizándose al alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad, a cursar las actividades programadas para un mismo módulo profesional un máximo de cuatro veces y a presentarse a la evaluación y calificación un máximo de seis veces.

 

7. CRITERIOS PARA EVALUAR LOS PROCESOS DE ENSEÑANZA

Los profesores y profesoras, además de evaluar el aprendizaje del alumnado, evaluarán los procesos de enseñanza y su propia práctica docente en relación con el logro de sus objetivos educativos del currículo. Igualmente se evaluará el desarrollo del currículo.

La evaluación de las programaciones de los módulos profesionales corresponde al profesorado de la especialidad correspondiente, que, a la vista de los informes de las sesiones de evaluación, procederán al finalizar el curso a la revisión de sus programaciones iniciales. Dicha revisión será coordinada por la Jefatura del Departamento.

Las modificaciones que se hubieran acordado se incluirán en el Proyecto Curricular para el curso siguiente.

Los elementos del Proyecto Curricular sometidos a evaluación serán los siguientes:

Oportunidad de la selección, distribución y secuenciación de los contenidos a lo largo de los módulos profesionales.

Idoneidad de los métodos empleados y de los materiales didácticos propuestos para uso del alumnado.

Adecuación de los criterios de evaluación establecidos en las programaciones.

Sistema de evaluación.

Racionalidad de los espacios y de la organización del horario escolar.

Para el desarrollo de esta evaluación se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

Propuestas elaboradas por el profesorado encargado de impartir los módulos correspondientes.

Informe elaborado por el tutor/a de F.C.T. sobre el desarrollo de las prácticas realizadas por el alumnado en las empresas. En este informe pueden recogerse propuestas para mejorar la formación que recibe el alumnado en el Instituto.

Resultados de las encuestas al alumnado sobre evaluación de la práctica docente en los diferentes módulos que componen el ciclo.

 

8. PLAN DE TUTORÍA Y ORIENTACIÓN PROFESIONAL.

El objetivo fundamental de la orientación académica y profesional es facilitar la toma de decisiones de cada alumno y alumna respecto a su itinerario académico y profesional, favoreciendo su autoconocimiento ( capacidades, motivaciones, intereses, valores ) , proporcionando información sobre opciones académicas y profesionales (apropiadas a la etapa y al entorno ) y facilitando contactos con el mundo del trabajo. En resumen, enseñar a tomar decisiones, conocer sus riesgos y desarrollar las capacidades implicadas en dicho proceso.

La orientación académica y profesional es un proceso que adquiere especial relevancia en los cursos siguientes y en los temas que se indican, que se proponen como líneas de actuación prioritarias :

Para todos los cursos :

-Información sobre el curso siguiente.

-Introducir actividades de orientación académica y profesional en los distintos módulos: resaltar sus aplicaciones prácticas, visitas a empresas, conocimiento de distintos puestos de trabajo ,etc.

Para cada curso :

- Ciclos formativos de grado superior : Opciones al finalizarlos. Formación y orientación laboral .Formación en centros de trabajo.

Las actividades propuestas para desarrollar las anteriores líneas prioritarias , así como las fechas de realización, se incluyen en los cuadros de actividades tutoriales grupales por cursos del Plan de acción tutorial (PAT) y en las programaciones de los distintos Departamentos. La competencia de las mismas corresponde a :Tutores, Departamentos de Familia Profesional y de Orientación. El seguimiento se realiza mensualmente en las reuniones de tutores , así como la evaluación.

Los tutores desarrollan las actividades grupales, asesoran individualmente al alumnado y a sus familias. Todo ello se recoge en el PAT.

El Departamento de Orientación colabora con los tutores en la planificación y organización de las actividades, en el desarrollo de las mismas, en el asesoramiento a los alumnos y las familias que lo requieran ( libremente durante los recreos o ,mediante cita previa, a petición de los tutores o de los propios interesados) y organiza charlas con las familias ,durante el segundo trimestre del curso, para informarles de las opciones al finalizar dichos cursos.

Los contactos con centros de trabajo se coordinarán con el Departamento de Prácticas en empresas, con el tutor del grupo y con el profesor de F.O.L.

El profesor de F.O.L. colaborará con el profesor-tutor de la Formación en Centros de Trabajo en informar y orientar al alumnado sobre la F.C.T. y auxiliarle en las acciones tutoriales y orientadoras.

De las actuaciones que se realicen se llevará a cabo una evaluación y se elaborará una memoria que contenga la síntesis de la reflexión llevada a cabo con los implicados, haciendo referencia a los logros alcanzados, a los factores que han facilitado o dificultado su consecución y las modificaciones que se proponen.

PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL

El objetivo general del plan de acción tutorial ( PAT ) es especificar los criterios y procedimientos para la organización y funcionamiento de las tutorías, incluyendo las líneas de actuación que los tutores desarrollarán con el alumnado de cada grupo, con sus familias y con el equipo educativo correspondiente. La acción tutorial tenderá a favorecer la integración y participación del alumnado en la vida del Instituto, a realizar el seguimiento personalizado de su proceso de aprendizaje y a facilitar la toma de decisiones respecto a su futuro académico y profesional.

Los criterios orientadores de la acción tutorial son:

1) Informar al alumnado de los temas relacionados con su vida en el instituto .

(Normas, horarios, organigrama, plan de estudios, actividades, etc.)

2) Contribuir a la formación para la vida social del alumnado.

(Respeto a los demás, normas de convivencia, resolución de conflictos, etc.)

3) Favorecer la integración del alumnado en el grupo de clase.

(Desarrollar el conocimiento mutuo, la convivencia, la colaboración, etc.)

4) Posibilitar el conocimiento del alumnado por parte del tutor/a, que facilite la

elaboración del consejo orientador.

5) Potenciar el autoconocimiento del alumnado, que le facilite la toma de decisiones

personales, académicas y profesionales, proporcionándole las informaciones que

necesite.

6) Fomentar la participación del alumnado en la vida del centro.

(Actividades extraescolares y complementarias, proceso de evaluación, órganos

de dirección, etc.)

7) Equilibrar el tiempo y las actividades dedicadas a la acción tutorial grupal,

la individual, la familiar y la coordinación del equipo educativo.

Los criterios para asignar tutorías tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

-Dar clase a todo el grupo.

-Continuidad en el ciclo.

-Dar el mayor número de horas al grupo.

-Ofrecimiento voluntario o consensuado.

-Priorizar la función tutorial respecto a otras a realizar.

La coordinación mensual de los tutores y tutoras del mismo nivel con la Jefatura de estudios y el Departamento de Orientación, se dedicará a evaluar el desarrollo de las últimas sesiones realizadas, preparar las siguientes, entregar materiales, transmitir información, comentar las incidencias ocurridas durante el mes y coordinar las actuaciones con el alumnado, las familias y los equipos educativos.

El aumento de las funciones asignadas a la tutoría hace necesario que los tutores y tutoras dispongan del tiempo necesario para el desarrollo de su labor: actividades con todo el grupo , coordinación con jefatura de estudios y DO., atención a las familias y al alumnado individualmente , la realización de tareas burocráticas, etc. En la medida de las posibilidades del centro, dispondrán de 1 hora lectiva y 2 complementarias.

De las actuaciones que se realicen se llevará a cabo una evaluación, y se elaborará una memoria por el D.O. que contenga la síntesis de la reflexión llevada a cabo con los implicados, haciendo referencia a los logros alcanzados, a los factores que han facilitado o dificultado su consecución y las modificaciones que se proponen.

Las líneas de actuación, actividades y responsables de la acción tutorial se detallan a continuación.

Atención al alumnado, individualmente y en grupo

a) Atender las dificultades del alumnado derivadas del proceso de enseñanza -aprendizaje. Competencia: tutores, profesorado de los módulos , Departamentos.

b) Orientar personalmente en la hora semanal disponible (integración en el grupo, dificultades personales, orientación académica y profesional,...), al menos dos veces a lo largo del curso. Competencia: Tutores.

c) Atender a los alumnos que derivan los tutores o a petición propia, previa cita o libremente durante los recreos. Fijar con rapidez las citas. Realizar el seguimiento. Competencia: D.O.

d) Ajustar las actividades de tutoría grupal del PAT. a las necesidades, intereses y motivación de los grupos, a propuesta de los mismos, priorizando siempre las necesidades del grupo. Dedicar más tiempo a los temas que proponen. Elaborar un guión para el análisis de la semana. Competencia: D.O.,Tutores.

e) Coordinar la coherencia del Plan a lo largo de la E.S.O., de los Bachilleratos y de los Ciclos formativos. Competencia: D.O.,J.E., C.C.P.

f) Organizar las actividades grupales y elaborar los materiales necesarios para desarrollarlas. Variar las actividades que se repiten a lo largo de los cursos. Competencia: D.O., Tutores.

 

Coordinación del equipo educativo que interviene con el grupo

a) : Organizar reuniones de los equipos educativos que aseguren la coherencia en el desarrollo de las programaciones y la práctica docente en los siguientes momentos: además de las tres sesiones de evaluación, en Septiembre (para establecer criterios comunes sobre metodología, normas de convivencia, exigencia, concretar la atención a la diversidad, coordinación de programaciones, evaluación inicial, etc.), en Noviembre ( para realizar una evaluación inicial del grupo, sus características, sus dificultades, para matizar los acuerdos iniciales, etc.), en Febrero ( para revisión y seguimiento de los acuerdos alcanzados), así como en situaciones puntuales que lo requieran. Se pondrá especial atención a la preparación de dichas reuniones: priorizando objetivos, convocatoria con orden del día, documentación previa, dinámica de la reunión, control del tiempo, acuerdos que se toman , seguimiento de los mismos, etc. Competencia: D.O., Jefatura de estudios, Tutores, Profesorado de los módulos.

Coordinación de tutores

a) Coordinar mensualmente a los tutores del mismo nivel, dedicando tiempo a revisar la acción tutorial, a preparar y evaluar las tutorías grupales, etc. Competencia: D.O., Jefatura de estudios, Tutores.

b) Facilitar elementos, materiales, actividades y situaciones que favorezcan la formación y la autonomía de los tutores en el desarrollo de sus funciones. Elaborar un cuaderno del tutor.

Competencia: D.O. y Jefatura de estudios.

c) Elaborar una ficha que recoja toda la información disponible sobre el alumnado, solicitando la necesaria a los centros de procedencia y facilitándola al equipo educativo a través de los tutores. Competencia: D.O.,Jefatura de estudios, Tutores.

Aspectos organizativos de la tutoría

Se reservará una hora lectiva para la actividad de tutoría en la que profesor/a y alumnado puedan reunirse como grupo o individualmente.

El profesor tutor o tutora dedicará una hora complementarias para la atención de padres y madres y alumnado y otra hora complementarias para poder coordinarse con el dpto. de orientación.

En el caso del tutor o tutora de la FCT dedicará un tercio de su jornada lectiva semanal para las actividades y funciones que le son propias, en el curso en el que se desarrolle la FCT. Según Circular de la Dirección General de F.P.

 

9. ORIENTACIONES ACERCA DEL USO DE ESPACIOS Y EQUIPAMIENTOS

Para el desarrollo de las actividades docentes en el Ciclo Formativo se cuenta con los siguientes espacios:

- Aula de ordenadores (AA1) de 120 metros cuadrados aproximadamente, que cuenta con red local Windows, con servidor y 19 puestos. Se dispone de impresora láser conectada en red, 1 cañón, 2 aparatos de Fax, enchufes de conexión telefónica, archivo y armarios de oficina.

- Aulas polivalentes de 58 metros cuadrados.

3.- Aula A. I.1 de 58 metros cuadrados aproximadamente

Las horas de utilización de estas aulas para los diferentes módulos ha sido acordada por el profesorado que imparte el Ciclo Formativo de la siguiente manera:

 

MODULO

Aula AA1

9.1.1.1. Aula

9.1.1.2. polivalente

9.1.1.3. Aula A.I.1

Módulo 1: Gestión de aprovisionamiento

4

   

Módulo 2: Gestión financiera.

5

   

Módulo 3: Recursos humanos,

4

   

Módulo 4: Contabilidad y fiscalidad.

9

Módulo 5: Aplicaciones informáticas y operatoria de teclados.

8

   

Módulo 6: Gestión comercial y servicio de atención al diente.

 

4

 

Módulo 7: Administración pública.

5

 

Módulo 8: Productos y servicios financieros y de seguros.

 

5

 

Módulo 9: Auditoria.

 

4

Módulo 10: Proyecto empresarial

9

Módulo 11: Formación y orientación laboral

 

3

 

Módulo 12: Formación en centro de trabajo. (380)

     

 

 

10. FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO

10.1 Acceso

Ver sistema de evaluación, apartado acceso a la FCT”.

10.2 Objetivos de la FCT

Complementar la adquisición por los alumnos/as de la competencia profesional conseguida en el centro docente, mediante la realización de actividades en centros de trabajo.

Contribuir al logro de las finalidades generales de la formación profesional que son:

Ø Adquirir la competencia profesional de cada título.

Ø Madurez profesional para futuros aprendizajes.

Ø Facilitar la adaptación al cambio de cualificaciones profesionales.

Evaluar aquellos aspectos del perfil profesional que aun no pudiendo realizarse en el centro docente, al requerir situaciones reales de producción, es útil para normalizar la nota entre los distintos alumnos y para poder conocer si se han adquirido las capacidades terminales.

Adquirir el conocimiento de la organización productiva correspondiente al perfil profesional y el sistema de relaciones sociolaborales del centro de trabajo, a fin de facilitar su futura inserción profesional.

10.3 Programa formativo

Deben tenerse en cuenta los siguientes aspectos:

Puestos ó situaciones de trabajo relacionados con la realización de las actividades en el centro de trabajo.

Proceso de preparación de la actividad y desarrollo de la misma en relación con:

Ø El modo de participación e integración del alumno respecto de del equipo de trabajadores de la empresa;

Ø Los recursos y medios que debe disponer y utilizar el alumno.

Ø Los medios y documentación técnica de la empresa, necesariamente involucrados.

Medidas de integración en la estructura productiva y del conocimiento del sistema de realizaciones laborales.

Temporalización: duración de las actividades y periodo de realización.

Marco disciplinario laboral del alumno/a participante y normas de seguridad e higiene de la empresa.

Elementos que debe incluir el programa formativo:

a) Áreas o departamento del centro de trabajo por el que rotará el alumno/a con la temporalización correspondiente a cada uno.

b) Desarrollo de las actividades en cada departamento, especificando.

Capacidades terminales de la FCT involucradas

Actividades productivo-formativas que deben permitir ejecutar o, en su caso completar, la competencia profesional requerida en el empleo.

Actividades de evaluación pertinentes en cada actividad, extraídos de los establecidos y adaptándolos a situaciones de trabajo concretas. Dichos criterios formaran parte de la “Ficha individual de Seguimiento y Evaluación ”anexa al programa formativo.

 

10.4 Evaluación

La calificación del módulo profesional de formación de centros de trabajo se formulará en términos de apto/no apto y será realizada por el Profesor tutor del grupo con la colaboración del responsable designado por el centro de trabajo para el seguimiento de la formación del alumnado durante su estancia en dicho centro. La colaboración consistirá en un informe que valore las actividades realizadas en relación con los objetivos atribuidos a este módulo. Si la formación en centros de trabajo ha tenido que desarrollarse en varios centros o empresas, se recabará un informe de cada uno de ellos.

 

10.5. Exención de la realización de FCT

REAL DECRETO 1538/2006 DE 15 de Diciembre

La acreditación de la experiencia laboral se realizará los documentos siguientes de forma acumulativa:

a) Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la mutualidad laboral a la que estuviera afiliado, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación o en su caso el período de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o de cualquier otro medio de prueba admitido en derecho.

b) Certificación de la empresa donde haya adquirido la experiencia laboral en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el período de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.

En el caso de trabajadores por cuenta propia, certificación de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y justificantes de pago de dicho impuesto.

A la vista de la documentación presentada el equipo docente correspondiente informará al director utilizando el F-Informe Exención FCT. El director utilizando el F-Exención FCT resolverá teniendo en cuenta las circunstancias expuestas y el informe del equipo docente.

El interesado realizará la solicitud en secretaria mediante F-Exención FCT.

El tutor trasladará al alumno la decisión adoptada.

 

10.6. Periodo de realización de la FCT

El módulo FCT será realizado al final del Ciclo Formativo, una vez superada la formación cursada en el centro docente, en el periodo que se indica en la Resolución de la Secretaria de Estado de Educación de 30 de abril de 1996 (BOE 17 mayo) en la modalidad presencial régimen ordinario. El número de horas de duración de la FCT incluirá las horas de tutoría en el centro docente.

El Módulo de FCT se desarrollará durante el período lectivo anual (de abril a junio)

La duración de las estancias de los alumnos y alumnas en el centro de trabajo será igual o cercana al horario laboral de la entidad colaboradora, reservando una jornada cada quincena para la realización en el centro docente de actividades tutoriales de seguimiento y evaluación continua del programa formativo.

La realización del Módulo profesional de FCT en períodos distintos a los señalados en la Resolución citada será:

a.- Para aquellos alumnos o alumnas que tengan algún Módulo pendiente de superación o bien sean declarados No Aptos en el Módulo dé FCT. En este caso están previstos períodos extraordinarios para su realización en las mismas u otras empresas.

b.- Para aquellos casos en los que la disponibilidad para el desarrollo de la misma así lo requieran. En estos casos será necesaria la autorización expresa de la Subdirección General de Formación Profesional Reglada.

La realización de las actividades formativas del Módulo de FCT en provincias distintas a la que constituye el emplazamiento del centro escolar requerirá, igualmente, la autorización expresa de la Subdirección General de Formación Profesional Reglada.

10. 7 Funciones del profesor/a tutor/a de FCT

Las funciones y competencias del profesor-tutor o profesora-tutora responsable de la FCT de cada grupo de alumnos y alumnas, son las establecidas en el art. 56 puntos 1 y 2 del R.D. 83/96 ya citado, y las que se reseñan a continuación:

- El profesor-tutor o tutora del grupo de alumnos y alumnas del centro docente establecerá un régimen de visitas al centro de trabajo, de periodicidad quincenal, al menos, para mantener entrevistas con el responsable del centro de trabajo, observar directamente las actividades que el alumnado realiza en el mismo y registrar su propio seguimiento.

- Elaborar y acordar con el responsable designado por la empresa el "programa formativo" de la FCT, considerando datos y conclusiones anteriores que sugirieran su modificación.

- Orientar al alumno o alumna, auxiliado por el profesor o profesora de la especialidad de Formación y Orientación Laboral (FOL), previamente al comienzo de la FCT, tanto sobre los aspectos generales de la misma (finalidades del módulo, características, documentación que ha de cumplimentar, etc.) así como de las condiciones concretas convenidas con el centro de trabajo correspondiente sobre:

Ø Programa formativo,

Ø Organización, estructura, características del sector, actividad, y recursos tecnológicos del centro de trabajo donde realizará la FCT.

Ø Marco disciplinario y de seguridad e higiene, .

Ø Responsable de la FCT en el centro de trabajo correspondiente,

Ø Puestos ó situaciones de trabajo,

Ø Líneas generales de la preparación y desarrollo de las actividades, de la participación e integración en el equipo, de las condiciones del uso de recursos e información, etc.

- En su caso, decidir -con el acuerdo del Jefe de Departamento de la Familia Profesional- la secuenciación de la FCT en varias empresas o centros de trabajo.

- Relacionarse periódicamente (al menos una vez cada quince días) con el responsable designado por la empresa para el seguimiento del "programa formativo", a fin de contribuir a que dicho programa se ajuste a la cualificación que se pretende.

- Atender periódicamente (una vez cada quince días) en el centro docente, a los alumnos y alumnas durante el período de realización de la FCT, con objeto de valorar el desarrollo de las actividades correspondientes al programa formativo. Supervisar las "hojas semanales del alumno", organizar las puestas en común del alumnado y los apoyos en el centro, si fueran necesarios.

- Extraer datos y conclusiones que realimenten las actividades, con especial atención a aquellos que sugieran la modificación de la programación docente, del programa formativo o que afecten a la continuidad del convenio con la empresa.

- Evaluar el módulo de FCT con la colaboración del responsable del centro de trabajo, comprobando la evidencia de competencia mostrada por el alumno, teniendo en cuenta, entre otros, los encuentros periódicos entre ambos y el informe "Anexo IV' emitido por el responsable de la empresa.

- Calificar este módulo en términos de Apto / no Apto.

- Captar datos significativos que le sean requeridos, para la evaluación global del sistema

de la FCT.

- Elaborar los Informes preceptivos.

- Cumplimentar las Fichas Estadísticas correspondientes a la FCT

- Elaborar una memoria de Fin de Curso sobre la FCT que ha coordinado.

 

10. 8 Funciones del profesor/a de FOL

Las funciones y competencias del profesor de la especialidad de Formación y

Orientación Laboral (FOL), con respecto de la FCT son las siguientes;

Informar al alumnado que acudirá a las empresas a realizar la FCT, con claridad, que durante su permanencia en el centro de trabajo carece de relación laboral, o contractual con la empresa, que deberá guardar las normas de higiene personal, presencia y comportamiento que sean de uso en la empresa y que, asimismo, deberá guardar todas y cada una de las normas de seguridad en el trabajo características del sector productivo al que pertenezca el centro de trabajo.

Auxiliar al profesor-tutor o tutora de la FCT, durante la jornada quincenal en que los alumnos y alumnas acuden al centro docente, para las acciones tutoriales y orientadoras.

Colaborar con el profesor-tutor o tutora en la orientación del alumnado en general.

10.9 Funciones de jefe/a de Departamento de la Familia Profesional.

Si un centro de trabajo es insuficiente para conseguir todas las capacidades terminales de la FCT y requiere la complementación con otros, el tutor junto al jefe de Dpto. realizará la selección, identificación y secuenciación de los centros de trabajo que constituyan el “programa formativo”, siendo aconsejable, a estos efectos, no superar el número de tres empresas / instituciones. Si se precisará secuenciar con más de tres centros de trabajo, se solicitará autorización a la Dirección Provincial del departamento encargado.

10.10 Actividades del profesorado durante el desarrollo de la FCT.

Las actividades lectivas que realizarán, además de la actividad docente ordinaria, serán por orden de importancia:

Ø Actividades de recuperación para alumnos/as con módulos pendientes.

Ø Actividades de evaluación y calificación extraordinaria.

Ø Reuniones de equipos docentes para revisión del proyecto curricular.

Ø Formación de grupos de trabajo.

Ø Necesidades especificas del centro de enseñanza.

El profesor/a tutor/a de la FCT. dispondrá de una reducción de 6 horas lectivas para desarrollar las siguientes funciones:

Ø Atención de tutoría de alumnos/as quincenalmente al menos.

Ø Seguimiento que realicen la FCT en periodo extraordinario u ordinario.

Ø La programación y preparación del módulo profesional de Formación en centros de Trabajo.

 

10. 11 Relación del alumno o alumna con la entidad colaboradora.

La relación entre el alumno y el centro de trabajo o entidad colaboradora, como consecuencia del convenio especifico de colaboración para la realización de las actividades del Módulo Profesional de Formación en Centros de Trabajo, no tendrá, en ningún caso, naturaleza jurídica laboral, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional segunda del Real Decreto 2317/93 de 29 de diciembre ("B.O.E."' del 31). Por tanto, los alumnos no podrán percibir retribución alguna por su actividad formativo, ni por los resultados que puedan derivarse de ella.

La empresa o entidad - colaboradora no podrá cubrir, ni siquiera con carácter interino, ningún puesto de trabajo en plantilla con el alumno que realice actividades Normativas en la empresa, salvo que se establezca al efecto una relación laboral de contraprestación económica por servicios contratados. En este caso, se considerará que el alumno abandona el programa formativo en el centro de trabajo, debiéndose comunicar este hecho por la empresa o institución colaboradora al profesor-tutor o tutora del centro escolar, quien lo comunicará al Director del centro docente y éste, a su vez, al Servicio Provincial de Educación de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte. El Servicio Provincial deberá comunicar esta contingencia a la Dirección Provincial del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Cualquier donación económica o material que, voluntariamente, pudiese realizar la Empresa o Institución colaboradora a los centros docentes se efectuará con el conocimiento y autorización del Consejo Escolar del Centro'.

De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 2078/71, de 13 de agosto (BOE del 13 de septiembre), el régimen de cobertura por accidentes de los alumnos en los centros de trabajo será el establecido por la normativa vigente en materia de Seguro Escolar y por los Estatutos de la Mutualidad de dicho Seguro. Todo ello, sin perjuicio de la póliza que el Ministerio de Educación y Cultura para su ámbito de gestión territorial pueda suscribir como seguro adicional para mejorar indemnizaciones, cubrir daños a terceros o responsabilidad civil.

10.12 Causas de rescisión del contrato. Duración.

Los "convenios" específicos de colaboración para la realización de las actividades de formación en centros de trabajo deberán formarse por escrito según el modelo que figura como Anexo 0 de estas Instrucciones. Deberán ser firmados por el representante legal de la Empresa o Institución colaboradora y por el Director del centro docente, y contará con el visto bueno de la Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte quien notificará a la Dirección Provincial del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la relación de alumnos (Anexo 1) que en cada período de tiempo están realizando la FCT en las empresas e instituciones. A estos convenios se irán incorporando a lo largo del período de vigencia los sucesivos Anexos 1 con la relación de alumnos participantes, número de horas y períodos de realización de la FCT, que contarán con la conformidad de la Inspección de Educación.

La duración de estos convenios específicos de colaboración será de un año a partir de su firma, considerándose prorrogado automáticamente cuando ninguna de las partes firmantes manifieste lo contrario.

Los convenios específicos de colaboración se extinguirán por expiración del tiempo convenido, y podrán rescindirse por cualquiera de las partes, mediante denuncia, el cese de actividades del centro docente, de la empresa o institución colaboradora, cuando alguna de ellas lo comunique a la otra con una antelación de 15 días y basada en alguna de las siguientes causas:

a) Fuerza mayor que imposibilite el desarrollo de las actividades programadas.

b) Incumplimiento de las cláusulas establecidas en el convenio especifico de colaboración, inadecuación pedagógica de las prácticas Normativas, o vulneración de las normas que, en relación con la realización de las actividades programadas, estén en cada caso vigentes.

c) Mutuo acuerdo entre el centro docente, adoptado por el Director del centro. y la empresa o institución colaboradora.

Se podrá rescindir para un determinado alumno o grupo de alumnos, Por cualquiera de las partes firmantes, y ser excluido de su participación en el convenio por decisión unilateral del centro docente, de la empresa o institución colaboradora, o conjunta de ambos, en los siguientes casos:

Ø Faltas repetidas de asistencia y/o puntualidad no justificadas.

Ø Actitud incorrecta o falta de aprovechamiento, previa audiencia al interesado.

El centro docente deberá informar al Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de la extinción o rescisión de los convenios específicos de colaboración en cualquiera de los casos, y ésta, a su vez, lo comunicará a la Dirección Provincial del Ministerio de Trabajo Y Asuntos Sociales.

Los representantes de los trabajadores de los centros de trabajo serán informados del contenido específico del programa formativo que desarrollarán los alumnos sujetos al convenio de colaboración con anterioridad a su firma, actividades, calendario y horario de las mismas, y localización del centro o centros de trabajo donde se realizarán.

10.13 Informes que deben ser realizados por el Centro Docente.

Semestralmente, cada profesor-tutor o tutora de la FCT, elevará un informe al Director del centro, que deberá ser presentado al Consejo Escolar, sobre el desarrollo de los Módulos. de FCT en los Ciclos Formativos y las relaciones con las empresas, cumplimentando las correspondientes fichas estadísticas de seguimiento y evaluación pedagógica, así como de gestión económica Y administrativa que, para este habiliten las Direcciones Provinciales del Departamento.