PROYECTO
CURRICULAR
Ciclo Formativo de F.P.
de grado superior
SECRETARIADO
índice
INTRODUCCIÓN
ADECUACIÓN DE OBJETIVOS GENERALES AL CONTEXTO SOCIOECONÓMICO Y CULTURAL DEL INSTITUTO Y A LAS CARACTERÍSTICAS DEL ALUMNADO
ORGANIZACIÓN DE LOS MÓDULOS DENTRO DEL CICLO
DECISIONES
GENERALES SOBRE METODOLOGÍA DIDÁCTICA
4.1.Decisiones de
carácter general
4.2.Decisiones
de carácter específico
CRITERIOS
GENERALES SOBRE EVALUACIÓN DEL ALUMNADO
5.1.Características
generales
5.2.Tipos de
actuaciones. Procedimientos de evaluación
5.3.
Calificación.
5.4 Acceso a la
FCT
5.5 Sesiones de
evaluación
5.6 Documentos de
evaluación
5.7 Evaluación
extraordinaria
CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA ATENDER LA DIVERSIDAD
CRITERIOS PARA EVALUAR LOS PROCESOS DE ENSEÑANZA
PLAN DE TUTORÍA Y ORIENTACIÓN PROFESIONAL
ORIENTACIONES ACERCA DEL USO DE ESPACIOS Y EQUIPAMIENTOS.
FORMACIÓN EN
CENTROS DE TRABAJO
10.1. Acceso
10.2.
Objetivos de la FCT
10.3.
Programa formativo
10.4.
Evaluación
10.5. Prueba
de convalidación de la F.C.T.
10.6. Periodo
de realización de la FCT
10.7.
Funciones del profesor/a tutor/a de FCT
10.8.
Funciones del profesor/a de FOL
10.9.
Funciones de jefe/a de Departamento de la Familia Profesional.
10.10.
Actividades del profesorado de los ciclos formativos durante el desarrollo
de la F.C.T.
10.11.
Relación del alumno o alumna con la entidad colaboradora.
10.12 Causas de
rescisión del Contrato.
PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS.
1. INTRODUCCIÓN
El Proyecto Curricular debe servir para desarrollar las intenciones educativas del Proyecto Educativo de Centro ( objetivos estratégicos ), mediante la formalización de toda una serie de decisiones de carácter organizativo y pedagógico ( objetivos didácticos ) que a su vez actuarán como referente para las decisiones de carácter operativo . Estos objetivos deben estar en concordancia con las posibilidades reales de llevar a cabo el proyecto , siempre condicionado por las normas propias de un sistema educativo reglado , por la realidad social y económica del entorno , por la infraestructura y recursos del instituto, por el profesorado existente en el mismo, por el alumnado, por los apoyos institucionales y empresariales , etc.
Decisiones que afectarán a la organización docente, a las programaciones didácticas y de aula, a la evaluación, son suficientes para darnos cuenta de la importancia de este documento y de las razones del carácter pedagógico y administrativo que se le confiere .
No debemos olvidar tampoco la importancia de que nuestro proyecto curricular sea un documento vivo , por lo que debemos dotarnos de instrumentos que permitan medir su grado de aplicación y utilidad así como de mecanismos para su revisión.
El artículo 67 del Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria hace referencia al proyecto curricular para cada una de las etapas educativas que se imparten en el instituto de acuerdo con el currículo oficial y los criterios establecidos por el Claustro.
Por su parte, la Instrucción Tercera del Apartado A) referido a Ciclos Formativos de la Circular para los centros docentes que impartan Formación Profesional durante el curso 97/98 de la Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa de 24 de julio de 1.997 y la del curso 98/99 hacen referencia al Proyecto Curricular del Ciclo Formativo .
Dado que en el Instituto se ofertan Ciclos formativos de familias profesionales diferentes con características específicas, se ha optado por elaborar un Proyecto Curricular para cada Ciclo Formativo si bien con una estructura común y en el que haya apartados que puedan ser coincidentes.
En relación con el Proyecto Curricular del Ciclo formativo de Grado Superior “Secretariado” debe señalarse que los objetivos están claramente marcados por el R.D. 1658/94, de 22 de julio, (B.O.E. de 30 de septiembre) que establece el título de Técnico Superior en Secretariado y las correspondientes enseñanzas mínimas, en un intento por normalizar las capacidades de trabajo del alumnado para este perfil profesional dentro del territorio español. Se plantea, en consecuencia, la necesidad de prescindir de otros condicionamientos que puedan modificar el proyecto para que este no pierda el sentido de garantizar las competencias y dominios profesionales del alumnado que obtiene la titulación.
2. ADECUACION DE
LOS OBJETIVOS GENERALES AL CONTEXTO SOCIOECONOMICO Y CULTURAL DEL INSTITUTO Y A
LAS CARACTERÍSTICAS DEL ALUMNADO.
El Instituto de
Educación Secundaria “Tiempos Modernos” se encuentra situado en la margen
izquierda del río Ebro dentro del casco urbano de la ciudad de Zaragoza , en el
barrio denominado ACTUR . Este barrio de la ciudad se caracteriza desde hace
varios años , por un elevado crecimiento demográfico al ser elegido como lugar
de residencia por numerosas familias compuestas, mayoritariamente, por parejas
jóvenes con hijos e hijas en edad de escolarización en las diferentes etapas
educativas. El nivel socioeconómico predominante puede considerarse de medio o
medio bajo . Debe destacarse el importante aumento de la actividad comercial y
de servicios en el barrio en los últimos años provocado, en gran medida, por
la instalación de grandes superficies y centros comerciales.
El área de influencia del centro se extiende a barrios próximos como son Arrabal - Picarral - Zalfonada y en el caso de nuestro ciclo puede considerarse toda la ciudad al ofertarse este Ciclo formativo solamente en dos Institutos.
El instituto, que en la actualidad cuenta con 10 años de historia, ha sido hasta hace unos años instituto de Formación Profesional con una presencia importante de alumnado en las ramas profesionales de electrónica, administrativo e informática .
Se podría decir que de esta época proviene, en buena medida, la relativamente buena dotación en recursos materiales y humanos, que actualmente tiene el centro para la impartición de formación profesional específica. No obstante lo anterior, sigue siendo necesario actualizar el equipamiento necesario para el ciclo a través de las aportaciones específicas que realiza el MEC para estos programas .
El alumnado que accede al ciclo procede, mayoritariamente, del Bachillerato LOGSE y también de C.O.U. y, en menor número, de otras especialidades de la antigua Formación Profesional, así como de la Universidad aunque, en su mayor parte, sin haber concluído los estudios correspondientes.
Con carácter general el alumnado presenta interés por la profesión elegida y por incorporarse al mercado laboral para obtener independencia económica de sus familias.
Todo el alumnado es mayor de edad siendo mayoritario el de sexo femenino, posiblemente por las características del perfil profesional del Título.
2.1. Relación
del Ciclo formativo con el sector productivo.
La LOGSE atribuye
como finalidad de la formación profesional, la preparación del alumnado para
la actividad en un campo profesional y su capacitación para el desempeño
cualificado de las distintas profesiones. El título del ciclo especifica el
perfil profesional o futura profesión.
Este tipo de enseñanzas tienen el carácter de terminal y a diferencia de la E.S.O. o el Bachillerato que han sido definidas desde dentro del propio sistema educativo en la Formación Profesional Específica se utiliza como referente la realidad del sistema productivo.
Por las características del perfil del título del ciclo de la Formación Profesional de Grado Superior de ¨Secretariado¨, el área de influencia en la selección de empresas para la realización de la formación en centros de trabajo no es sólo el entorno más próximo al instituto, en donde se han enclavado bastantes empresas como ya se ha señalado, sino también toda la ciudad y los polígonos industriales de su área metropolitana que es, en definitiva, el ámbito en el que se desarrollan las actividades laborales de la población. En dicha zona el número de empresas dedicadas a distintas actividades es importante y en todas ellas es necesario realizar tareas de tipo administrativo.
No obstante, debe reseñarse que no existe un número excesivo de empresas que precisen personal para realizar funciones de secretario/a con conocimiento de idiomas extranjeros. Por ello, aunque es previsible que las necesidades de las empresas en este campo aumenten, por nuestra pertenencia a la Unión Europea, la formación en centros de trabajo no siempre puede desarrollarse en las empresas citadas, sino que en muchos casos se amplía al trabajo de tipo administrativo en general.
2.2. El perfil
profesional del título ¨ Técnico Superior en Secretariado¨
Para definir el
perfil profesional del título debemos referirnos a los objetivos generales del
ciclo que están regulados por R.D. 1.658/1.994, de 22 de julio, quedando
explicitados en cuatro grandes bloques:
2.2.1.
Competencia general:
Los
requerimientos generales de cualificación profesional del sistema productivo
para este técnico son:
Organizar, gestionar, elaborar y transmitir la información procedente o con destino a los órganos ejecutivos, en lengua propia y/o extranjera, así como representar a la empresa y fomentar la cooperación y calidad de las relaciones internas y externas según los objetivos marcados y las normas internas establecidas.
2.2.2. Unidades de competencia
Gestionar las comunicaciones internas y externas, tanto orales como escritas , en lengua propia y/o extranjera.
Organizar, supervisar y realizar trabajos de secretariado.
Organizar, mantener y controlar el archivo en soporte convencional e informático.
Elaborar y presentar documentos de trabajo integrando datos, textos y gráficos.
2.2.4 Realizaciones y dominios profesionales ( ver B.O.E. 30/9/1.994)
ORGANIZACIÓN DE LOS MODULOS DENTRO DEL CICLO
Los contenidos del Ciclo están organizados en Módulos Profesionales, que son unidades coherentes de formación y que deben ser acreditadas y certificadas , en su totalidad para obtener la titulación , siendo la duración establecida en el curriculo oficial de 1.300 horas. Estos módulos profesionales pueden estar asociados a una unidad de competencia o tener un carácter transversal tal y como se indica en el siguiente cuadro en el que se señala también la distribución horaria semanal :
|
MODULO |
H.T. |
H.S. |
CARACTER |
|
1. Comunicación y relaciones profesionales |
95 |
3 |
Unidad de competencia 1 |
|
2. Organización del servicio y trabajos de secretariado |
95 |
3 |
Unidad de competencia 2 |
|
3. Gestión de datos |
125 |
4 |
Unidad de competencia 3 |
|
4. Elaboración y presentación de documentos e información |
195 |
6 |
Unidad de competencia 4 |
|
5. Elementos de Derecho |
65 |
2 |
Unidad de competencia 5 |
|
6. Lengua extranjera (inglés) |
160 |
5 |
Unidad de competencia 6 |
|
7. Lengua extranjera (francés) |
160 |
5 |
Unidad de competencia 7 |
|
8. Formación y orientación laboral |
65 |
2 |
Formación y orientación laboral |
|
FORMACION EN CENTROS DE TRABAJO |
340 |
2º curso |
Formación en centros de trabajo |
|
Totales |
1.300 |
30 |
Respecto a las decisiones de carácter organizativo que afectan a algunos de los módulos anteriores debe señalarse lo siguiente:
1.- Módulo 3.- Gestión de datos.- Dado que el aula AA1 dispone de 20 ordenadores, sería conveniente desdoblar este módulo en el supuesto de que el alumnado matriculado fuera superior a 20, con objeto de que cada alumno/a pueda trabajar en un ordenador.
2.- Módulo 4.- Elaboración y presentación de documentos e información.- Sería conveniente desdoblar, igualmente, este módulo en las mismas circunstancias que en el módulo anterior ya que para realizar las prácticas de mecanografía por ordenador, cada alumno/a precisa de un puesto de trabajo en exclusiva. Tanto este desdoble como el anterior se llevarán a cabo en el supuesto de que haya disponibilidad de cupo de profesorado.
3.- Módulos 6 y 7.- Lengua extranjera (inglés y francés).- Dado que es bastante probable la matriculación de alumnado con diferentes niveles en las dos lenguas, parece conveniente adoptar las siguientes medidas:
Informar al alumnado antes de que realice la matrícula sobre la conveniencia de incorporarse al ciclo con un nivel pre-intermedio en ambos idiomas.
En el supuesto de que haya diferencias de niveles apreciables en el grupo proceder a su desdoble, en todo o en parte del horaria asignado a los módulos de lenguas extranjeras, siempre que la disponibilidad de cupo de profesorado lo permita.
En el caso de que no sea posible el desdoble, contemplar la posibilidad de realizar apoyos para el alumnado con menores conocimientos en la lengua extranjera correspondiente, siempre que la disponibilidad de cupo de profesorado lo permita.
4. DECISIONES GENERALES SOBRE METODOLOGÍA DIDÁCTICA
El Real Decreto 676/1.993, de 7 de mayo, establece en su artículo 15 que “la metodología didáctica de la Formación Profesional promoverá en el alumnado, mediante la necesaria integración de los contenidos científicos, tecnológicos y organizativos de esta enseñanza, una visión global y coordinada de los procesos productivos en los que debe intervenir”.
De ello se deriva que el aprendizaje debe basarse en el saber hacer y que el contenido organizador del mismo debe, por lo tanto, definirse en torno a los procesos reales de trabajo.
El proceso de enseñanza-aprendizaje (lejos de las clases magistrales y de dictado de apuntes) se ha programado, fundamentalmente, basándose en la realización de una serie de actividades de aprendizaje (de forma individual y/o en grupo) que pretenden propiciar la iniciativa del alumnado y el proceso de autoaprendizaje, desarrollando capacidades de comprensión, análisis, relación, búsqueda y manejo de la información y que intentan, además, conectar el aula con el mundo real: empresas, profesionales y organismos administrativos que conforman el entorno profesional y de trabajo del técnico/a que se quiere formar.
Con el fin de desarrollar adecuadamente estos procesos metodológicos se adoptan las decisiones que se expresan a continuación.
4.1.Decisiones de
carácter general
1. Necesidad de
asegurar la construcción de aprendizajes significativos.
Esto supone que el alumno/a relacione el nuevo aprendizaje con lo que ya sabe. Igualmente, debe ser funcional de manera que pueda ser utilizado en las circunstancias en las que el alumno/a lo necesite.
Debe ser objetivo prioritario posibilitar que los alumnos/as realicen aprendizajes significativos por sí solos, es decir, que sean capaces de aprender a aprender. Por tanto, será necesario orientar las actividades de aprendizaje de manera que fomenten la autonomía en la adquisición de los aprendizajes.
Reforzar los aspectos prácticos de cada módulo.
Se pretende poner de relieve la vinculación de cada módulo con el mundo del trabajo, asegurando con ello una Formación Profesional apropiada al perfil del título.
En virtud de las características de los C. Formativos parece importante señalar el siguiente:
Con carácter general serán las ¨actividades¨ las que definan el proceso metodológico; de este modo, el diseño se realizará en función del agente principal de las mismas (enseñanza o aprendizaje ) , de los agrupamientos del alumnado y la finalidad de las mismas .
De acuerdo con lo anterior, en los módulos con mayor contenido práctico se procurará establecer desdobles de profesorado y alumnado en grupos de más de 20 alumnos/as como ya se ha apuntado anteriormente.
4.2. Decisiones de carácter específico
Al inicio el curso se informará al alumnado de los siguientes aspectos de la programación:
Con respecto a la metodología en clase:Presentación del profesor/a
Capacidades, procedimientos y actitudes a desarrollar en el aula y su secuenciación.
Procedimientos y técnicas utilizados en la evaluación, con mención especial de los objetivos, criterios de evaluación y criterios de calificación a seguir en cada módulo.
Metodología de trabajo en el aula.
Se efectuará una evaluación inicial que permita conocer el nivel de desarrollo del alumno, con objeto de orientar al alumno/a de las medidas que debe adoptar para alcanzar la base necesaria que le permita seguir el curso con garantías.
Se controlará la asistencia a clase sensibilizando al alumnado al respecto del despilfarro de recursos que supone su inasistencia en cursos especializados de formación profesional y la dificultad de recuperación para los alumnos/as que acumulen faltas de asistencia en módulos de carácter procedimental.
El desarrollo de las unidades didácticas se ceñirá a las capacidades que se deben alcanzar, huyendo deliberadamente de aspectos que aún siendo interesantes, no conducen a las finalidades que se plantean de antemano.
Los instrumentos utilizados tanto para el desarrollo de unidades didácticas, como para la evaluación deben corresponder, en la medida de lo posible, a situaciones reales en el mundo laboral.
5. CRITERIOS GENERALES SOBRE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES DEL ALUMNADO
Normativa de aplicación:
R. D. 676/1.993, de 7 de mayo.
Orden de 21 de julio de 1.994 (B.O.E. del 26) por la que se regulan los aspectos básicos del proceso de evaluación del alumnado que curse la Formación Profesional Específica.
Orden de 14 de noviembre de 1.994 (B.O.E. del 24) por la que se regula el proceso de evaluación y acreditación académica del alumnado que curse la Formación Profesional Específica.
Resolución de 30 de abril de 1.996, (B.O.E. de 17 de mayo) de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se regulan aspectos de ordenación académica de la Formación Profesional Específica de Grados Medio y Superior.
5.1.Características generales
La evaluación de
los aprendizajes del alumnado se realizará tomando como referencia las
capacidades y criterios de evaluación establecidos para cada módulo
profesional. Los criterios de evaluación establecen el nivel aceptable de
consecución de la capacidad correspondiente y, en consecuencia, los resultados
mínimos que deben ser alcanzados en el proceso enseñanza - aprendizaje.
La
evaluación será realizada por el conjunto de profesores y profesoras del
respectivo grupo de alumnos y alumnas, coordinados por el profesor tutor o
tutora del mismo y asesorados, en su caso, por el Departamento de
Orientación del Centro. En la evaluación, que se realizará por módulos
profesionales, los profesores y profesoras considerarán el conjunto de los de
los módulos correspondientes a cada ciclo formativo, así como la competencia
profesional característica del título, que constituye la referencia para
definir los objetivos generales del ciclo formativo y los objetivos expresados
en términos de capacidades, de los módulos profesionales que lo conforman.
Para poder aplicar el proceso de evaluación continua se requiere la asistencia del alumnado, al menos, al 80% del total de las clases y actividades programadas para cada módulo. Cuando un alumno o alumna no alcance dicho porcentaje de asistencia será evaluado mediante una prueba de carácter global a celebrar al final del curso. En todo caso, podrá no aplicarse dicho criterio cuando a juicio del profesor o profesora responsable del módulo correspondiente concurran causas que justifiquen no haber alcanzado el porcentaje de asistencia mencionado.
La evaluación
inicial , junto con la acreditación académica del alumnado, permitirá en
algunos casos que dicho alumnado quede exento de realizar determinadas
actividades de algún módulo. Esto quedará reflejado en un acta de reunión de
evaluación inicial que se realizará al comienzo del curso.
5.2. Tipos de
actuaciones. Procedimientos de evaluación.
* Definir las actividades que se evaluarán , atendiendo al momento ( evaluación inicial / Continua / Final ) y a la finalidad ( Formativa / Sumativa )
|
EVALUACION INICIAL del alumnado y de sus conocimientos previos, de sus actitudes y de su capacidad . |
EVALUACION FORMATIVA de carácter regulador, orientador y autocorrector del proceso educativo |
EVALUACION SUMATIVA al final del proceso enseñanza aprendizaje de la unidad, materia o módulo . |
* Establecer los instrumentos que se utilizarán para la obtención y suministro de la información . Estos deberán ser variados , aplicables en situaciones de aprendizaje en el centro educativo , dar información de lo que se pretende con la prueba y utilizar diferentes códigos . Con carácter general para todos los módulos, y sin perjuicio de que puedan establecerse otros en las programaciones didácticas de los respectivos módulos, se utilizarán los siguientes:
Pruebas individuales consistentes en la resolución de ejercicios y cuestionarios. En dichas pruebas podrá ser necesaria la utilización de los recursos materiales que se establezcan (ordenador, máquina de escribir, máquinas auxiliares y material de oficina, etc.). Las pruebas serán, fundamentalmente, de carácter procedimental y versarán sobre la resolución de supuestos prácticos que puedan transformarse fácilmente en actividades reales, evitándose la realización de exámenes teóricos escritos o pruebas objetivas escritas.
Participación en las clases. Se valorará la participación del alumnado en las clases, sus intervenciones y explicaciones sobre las actividades y ejercicios propuestos y su interés y dedicación. En este apartado podrá aplicarse una calificación inferior a 5 al alumnado que no haya alcanzado el 80 % de asistencia tanto de la evaluación como del curso y al que no se aplique lo contemplado en el apartado 5.1.
Nota de grupo: obtenida en aquellas actividades y trabajos que se realicen en grupos. Se valorará la calidad de los trabajos, la claridad de conceptos, la organización de la exposición, grado de participación en los posibles debates, etc.
Dossier de apuntes, trabajos, ejercicios y actividades. El seguimiento periódico de la recopilación de apuntes, informes, trabajos, ejercicios y actividades completará la calificación del alumnado.
* Es importante definir el patrón con el que se comparan los resultados obtenidos (normativa, criterial o personalizada). En nuestro ciclo la evaluación tendrá carácter criterial para determinar los mínimos que se deben superar y parcialmente personalizada en forma de adaptación curricular en los casos que corresponda.
Con carácter general, será necesario que el alumnado adquiera la totalidad de las capacidades terminales de cada uno de los módulos para superarlos.
* Seleccionar las informaciones útiles para la toma de decisiones , y establecer la forma en que se van a ponderar estas informaciones para la decisión sobre la calificación .
El proceso de evaluación de la Formación Profesional específica implica, al menos, las siguientes actuaciones:
Evaluación inicial.
Evaluación de cada módulo profesional.
Antes de iniciar la formación en centros de trabajo, evaluación de todos los módulos profesionales realizados en el centro educativo.
Al finalizar la formación en centros de trabajo, evaluación final del ciclo formativo completo.
5.3. Calificación.
La expresión de la evaluación, se realizará en términos de calificaciones. Las calificaciones, se formularán en cifras de 1 a 10, sin decimales en el caso de la evaluación final de cada módulo profesional, salvo en el módulo profesional de formación en centros de trabajo, y con una sola cifra decimal en el caso de la evaluación final del ciclo formativo. Se considerarán positivas las calificaciones iguales o superiores a cinco puntos y negativas las restantes.
Con carácter general, para la calificación de cada módulo se aplicará un factor de ponderación del 70% a las pruebas individuales y el 30% restante a los apartados b), c) y d) señalados en el punto referido a procedimientos de evaluación. No obstante lo anterior, podrán modificarse esos factores de ponderación cuando la naturaleza o peculiaridades de algún módulo o módulos así lo exija, en cuyo caso deberá explicitarse en la programación didáctica correspondiente. La calificación de las pruebas, trabajos, dossieres, etc., tanto individuales como en grupo que se realicen por escrito, podrá reducirse hasta 2 puntos por faltas de ortografía, redacción defectuosa, mala presentación, desorden o falta de limpieza.
La calificación del módulo profesional de formación de centros de trabajo se formulará en términos de apto/no apto y será realizada por el Profesor/a tutor/a del grupo con la colaboración del responsable designado por el centro de trabajo para el seguimiento de la formación del alumnado durante su estancia en dicho centro. La colaboración consistirá en un informe que valore las actividades realizadas en relación con los objetivos atribuidos a este módulo. Si la formación en centros de trabajo ha tenido que desarrollarse en varios centros o empresas, se recabará un informe de cada uno de ellos.
5.4. Acceso a la FCT
Los alumnos y alumnas deben aprobar todos los módulos para realizar el módulo de F.C.T. Excepcionalmente, el equipo educativo responsable de impartir el ciclo formativo, podrá considerar la oportunidad de autorizar el acceso al alumnado que tenga
pendiente de superación un solo módulo profesional, siempre que las horas asignadas a ese módulo suspenso supongan menos del 25% de las horas asignadas al conjunto de los módulos profesionales realizados en el curso. Dado que en este ciclo ningún módulo alcanza dicho porcentaje horario, se podrá acceder al módulo de F.C.T. con un módulo pendiente de superación si el equipo docente lo autoriza.
Los alumnos y alumnas que no puedan realizar la FCT, por no cumplir los requisitos anteriores, tienen dos opciones:
Podrán realizar las actividades de recuperación de los módulos susceptibles de ella en convocatoria extraordinaria.
Repetir curso con los módulos pendientes.
La decisión correspondiente la adoptará el equipo educativo en la evaluación ordinaria que se realizará en el mes de junio y en la extraordinaria que se celebrará en el mes de septiembre.
5.6. Sesiones de evaluación
Se denominan sesiones de evaluación a las reuniones del conjunto de profesores y profesoras que imparten docencia al mismo grupo, organizadas y presididas por el tutor o tutora, celebradas con objeto de contrastar las informaciones proporcionadas por el profesorado de los distintos módulos profesionales y valorar de manera colegiada el progreso del alumnado en la obtención de los objetivos generales del ciclo formativo y de los objetivos específicos de los módulos profesionales que lo conforman.
Se realizarán las siguientes sesiones de evaluación:
1.- Al menos, se celebrará una sesión de evaluación y, en su caso, de calificación cada trimestre lectivo.A partir de los datos recogidos en las sesiones de evaluación, el tutor elaborará un informe-síntesis que será transmitido a cada alumno y alumna o sus representantes legales a través del correspondiente boletín informativo. Dicho informe y la correspondiente comunicación incluirá, en su caso, las calificaciones que se hubieren formulado.
2.- Sesión de evaluación y calificación final ordinaria de los módulos que componen la formación en el centro educativo, que normalmente se celebrará en el mes de junio. En esta sesión se adoptarán las siguientes decisiones:
Acceso a F.C.T. del alumnado que ha superado todos los módulos.
Posible acceso a F.C.T. del alumnado con un módulo pendiente.
Posible convocatoria “extraordinaria” para el alumnado con varios módulos pendientes.
Propuesta de repetición de curso.
3.- Sesión de evaluación y calificación “extraordinaria” de módulos pendientes, que normalmente se celebrará en el mes de septiembre. En esta sesión se adoptarán las siguientes decisiones:
Acceso a la F.C.T. del alumnado que ha superado en esta convocatoria extraordinaria todos los módulos pendientes.
Acceso a F.C.T. del alumnado con un módulo pendiente.
Propuesta de repetición de curso.
4.- Sesión de evaluación y calificación final ordinaria del Ciclo Formativo, que se celebrará, normalmente en el mes de enero, una vez realizada la Formación en Centros de Trabajo. En esta sesión se adoptarán las siguientes decisiones:
Evaluación del alumnado que ha accedido a F.C.T. con un módulo pendiente.
Propuesta de título al alumnado que reúna los requisitos exigidos.
Nota final del Ciclo formativa para el alumnado propuesto para el título.
Alumnado que realizará en periodo extraordinario la formación en centros de trabajo.
5.- Sesión de evaluación extraordinaria-final del Ciclo formativo, que se celebrará en el mes de junio, una vez realizado el periodo extraordinario de la Formación en Centros de Trabajo. En esta sesión se adoptarán las siguientes decisiones:
Evaluación del alumnado con un módulo pendiente.
Propuesta de título al alumnado que reúna los requisitos exigidos.
Propuesta de repetición de curso.
Según establece la Orden de 14 de noviembre de 1.994 en su apartado décimo, “en régimen presencial el alumnado podrá cursar las actividades programadas para un mismo módulo profesional un máximo de tres veces, y podrá presentarse a la evaluación y calificación final de un mismo módulo profesional, incluidas las ordinarias y las extraordinarias, un máximo de cuatro veces”.
5.7. Documentos de evaluación
El expediente académico.
Las actas de evaluación.
Los informes de evaluación personalizados.
Libro de calificaciones.
5.8. Evaluación extraordinaria
- Aunque la mayor parte de los módulos requieren un trabajo continuado y observable en clase, cabe considerar la posibilidad de que el alumnado pueda adquirir las diferentes destrezas y competencias profesionales fuera del centro. Por ello, y con objeto de facilitar la superación de todos los módulos y el posterior acceso a la formación en centros de trabajo, se consideran todos los módulos correspondientes a la formación en el centro educativo susceptibles de evaluación extraordinaria.
- Esta convocatoria extraordinaria se realizará normalmente en el mes de septiembre.
- El tutor o la tutora informará al grupo al comienzo del curso acerca de las siguientes cuestiones:
Cuales son los módulos susceptibles de evaluación extraordinaria.
Fechas de evaluación de la convocatoria extraordinaria.
- Los profesores y profesoras prepararán actividades de recuperación que se entregarán al alumnado junto con el informe de evaluación final de junio.
- Existirá un
periodo extraordinario de realización de la F.C.T. (normalmente durante el
periodo enero-junio posterior al que se realiza en convocatoria ordinaria). A
esta convocatoria podrá acudir el alumnado que no superó la FCT en
convocatoria ordinaria.
6. CRITERIOS Y
PROCEDIMIENTOS PARA ATENDER LA DIVERSIDAD
Un grupo de personas, está regido por la diversidad de sus conocimientos, sus actitudes, su entorno familiar, etc. Desde la enseñanza de la formación profesional específica, cuyos logros están marcados previamente por las capacidades terminales que han de alcanzar los alumnos y alumnas, las posibilidades de atender esta diversidad están limitadas por la propia naturaleza del tipo de enseñanza. No obstante, existen una serie de recursos que pueden satisfacer en parte, estas necesidades de adaptación curricular.
Trataremos en definitiva, de detectar las características del grupo, las necesidades de éste y se facilitará que cada alumno o alumna pueda progresar por encima de un mínimo exigible a cada uno de ellos en concordancia con las capacidades terminales fijadas previamente en razón de la homologación del título y para que este pueda le pueda ser realmente útil.
Las adaptaciones curriculares , podemos clasificarlas en tres tipos : no significativas (no afectan a los objetivos - capacidades mínimas) , significativas (es necesario modificar no sólo las actividades sino también eliminar o sustituir determinados objetivos) , y de acceso (mediante la modificación de las condiciones materiales o del puesto de trabajo).
Especial mención merece los alumnos y alumnas que precisen de las dos últimas. Para estos casos se debe contar con apoyos del profesorado y del personal especializado y del dpto. de orientación, al objeto de proporcionar a este alumnado los medios que le permitan desarrollar las capacidades terminales.
Los requisitos previos a la adaptación curricular en los ciclos formativos pasan por una correcta orientación del alumno/a hacia aquellos ciclos que le permitan un mayor aprovechamiento de sus aptitudes.
Por otra parte, se prepararán adaptaciones curriculares para alumnos/as con necesidades educativas especiales tras seguir los pasos que se citan a continuación:
a) Recepción de información acerca de las características de las necesidades educativas especiales de la persona afectada. Esta información será facilitada por el Departamento de Orientación al comienzo del curso.
b) Información de las actividades instrumentales y de las habilidades cognitivas, propias del perfil profesional del título, que será facilitada por el profesorado del equipo educativo del ciclo.
Reunión entre tutor/a del CF, equipo educativo y dpto. de orientación para elaborar propuestas sobre las posibles adaptaciones, medidas de control de la evolución del alumno/a, posibles intervenciones en el aula, orientación del alumno/a, etc.
En todo caso, la Orden de 14 de febrero de 1.996, sobre evaluación del alumnado con necesidades educativas especiales regula los aspectos referidos a evaluación y registro en la documentación administrativa del alumnado que precise adaptaciones de acceso y/o adaptaciones curriculares significativas.
El apartado Segundo. 2 de dicha Orden establece que “la evaluación de los aprendizajes del alumnado con adaptaciones curriculares en algunos de sus módulos, se realizará tomando como referencia los criterios de evaluación para ellos propuestos, que, en todo caso, asegurarán un nivel suficiente de consecución de las capacidades correspondientes”.
Como señala la mencionada Orden, las adaptaciones se incorporarán a los documentos del proceso de evaluación de la siguiente forma: “En Formación Profesional, el documento individual de adaptaciones curriculares, el informe de evaluación psicopedagógica y, en su caso, el dictamen de escolarización se adjuntarán al expediente académico del alumno o alumna, consignándose la circunstancia de dicha adaptación en el apartado “Datos médicos y psicopedagógicos relevantes. En el Libro de Calificaciones y en las actas de evaluación se añadirá un asterisco (*) a la calificación del módulo y convocatoria que corresponda y se extenderá la diligencia correspondiente”.
Por otra parte, el apartado Séptimo.4 de la citada orden modifica las condiciones establecidas en el artículo décimo de la Orden de 14 de noviembre de 1.994, autorizándose al alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad, a cursar las actividades programadas para un mismo módulo profesional un máximo de cuatro veces y a presentarse a la evaluación y calificación un máximo de seis veces.
7. CRITERIOS PARA EVALUAR LOS PROCESOS DE ENSEÑANZA
Los profesores y profesoras, además de evaluar el aprendizaje del alumnado, evaluarán los procesos de enseñanza y su propia práctica docente en relación con el logro de sus objetivos educativos del currículo. Igualmente se evaluará el desarrollo del currículo.La evaluación de las programaciones de los módulos profesionales corresponde al profesorado de la especialidad correspondiente, que, a la vista de los informes de las sesiones de evaluación, procederán al finalizar el curso a la revisión de sus programaciones iniciales. Dicha revisión será coordinada por la Jefatura del Departamento.
Las modificaciones que se hubieran acordado se incluirán en el Proyecto Curricular para el curso siguiente.
Los elementos del Proyecto Curricular sometidos a evaluación serán los siguientes:
Oportunidad de la selección, distribución y secuenciación de los contenidos a lo largo de los módulos profesionales.
Idoneidad de los métodos empleados y de los materiales didácticos propuestos para uso del alumnado.
Adecuación de los criterios de evaluación establecidos en las programaciones.
Sistema de evaluación.
Racionalidad de los espacios y de la organización del horario escolar.
Para el desarrollo de esta evaluación se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
Propuestas elaboradas por el profesorado encargado de impartir los módulos correspondientes.
Informe elaborado por el tutor/a de F.C.T. sobre el desarrollo de las prácticas realizadas por el alumnado en las empresas. En este informe pueden recogerse propuestas para mejorar la formación que recibe el alumnado en el Instituto.
Resultados de las encuestas al alumnado sobre evaluación de la práctica docente en los diferentes módulos que componen el ciclo.
8. PLAN DE TUTORIA Y ORIENTACION PROFESIONAL
El objetivo fundamental de la orientación académica y profesional es facilitar la toma de decisiones de cada alumno y alumna respecto a su itinerario académico y profesional, favoreciendo su autoconocimiento ( capacidades, motivaciones, intereses, valores ) , proporcionando información sobre opciones académicas y profesionales (apropiadas a la etapa y al entorno ) y facilitando contactos con el mundo del trabajo.En resumen, enseñar a tomar decisiones, conocer sus riesgos y desarrollar las capacidades implicadas en dicho proceso.
La orientación académica y profesional es un proceso que adquiere especial relevancia en los cursos siguientes y en los temas que se indican, que se proponen como líneas de actuación prioritarias :
ara todos los cursos :
-Información sobre el curso siguiente.
-Introducir actividades de orientación académica y profesional en los distintos módulos: resaltar sus aplicaciones prácticas, visitas a empresas, conocimiento de distintos puestos de trabajo ,etc.
Para cada curso :
- Programa de iniciación profesional : Opciones al finalizarlo. Formación y orientación laboral. Formación en centros de trabajo. Consejo orientador.
- Ciclos formativos de grado medio y superior : Opciones al finalizarlos. Formación y orientación laboral .Formación en centros de trabajo.
Las actividades propuestas para desarrollar las anteriores líneas prioritarias , así como las fechas de realización, se incluyen en los cuadros de actividades tutoriales grupales por cursos del Plan de acción tutorial (PAT) y en las programaciones de los distintos Departamentos. La competencia de las mismas corresponde a :Tutores, Departamentos de Familia Profesional y de Orientación. El seguimiento se realiza mensualmente en las reuniones de tutores , así como la evaluación.
Los tutores desarrollan las actividades grupales, asesoran individualmente al alumnado y a sus familias. Todo ello se recoge en el P.A.T.
El Departamento de Orientación colabora con los tutores en la planificación y organización de las actividades,en el desarrollo de las mismas, en el asesoramiento a los alumnos y las familias que lo requieran ( libremente durante los recreos o ,mediante cita previa, a petición de los tutores o de los propios interesados) y organiza charlas con las familias ,durante el segundo trimestre del curso, para informarles de las opciones al finalizar dichos cursos.
Los contactos con centros de trabajo se coordinarán con el Departamento de Prácticas en empresas, con el tutor del grupo y con el profesor de F.O.L.
El profesor de F.O.L. colaborará con el profesor-tutor de la Formación en Centros de Trabajo en informar y orientar al alumnado sobre la F.C.T. y auxiliarle en las acciones tutoriales y orientadoras.
De las actuaciones que se realicen se llevará a cabo una evaluación y se elaborará una memoria que contenga la síntesis de la reflexión llevada a cabo con los implicados, haciendo referencia a los logros alcanzados, a los factores que han facilitado o dificultado su consecución y las modificaciones que se proponen.
PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL
El objetivo general del plan de acción tutorial ( PAT ) es especificar los criterios y procedimientos para la organización y funcionamiento de las tutorías, incluyendo las líneas de actuación que los tutores desarrollarán con el alumnado de cada grupo, con sus familias y con el equipo educativo correspondiente. La acción tutorial tenderá a favorecer la integración y participación del alumnado en la vida del Instituto, a realizar el seguimiento personalizado de su proceso de aprendizaje y a facilitar la toma de decisiones respecto a su futuro académico y profesional.
Los criterios orientadores de la acción tutorial son:
1) Informar al alumnado de los temas relacionados con su vida en el instituto .
(Normas, horarios, organigrama, plan de estudios, actividades,etc.)
2) Contribuir a la formación para la vida social del alumnado.
(Respeto a los demás, normas de convivencia, resolución de conflictos,etc.)
3) Favorecer la integración del alumnado en el grupo de clase.
(Desarollar el conocimiento mutuo,la convivencia, la colaboración,etc.)
4) Posibilitar el conocimiento del alumnado por parte del tutor/a, que facilite la
elaboración del consejo orientador.
5) Potenciar el autoconocimiento del alumnado, que le facilite la toma de decisiones
personales, académicas y profesionales, proporcionándole las informaciones que
necesite.
6) Fomentar la participación del alumnado en la vida del centro.
(Actividades extraescolares y complementarias, proceso de evaluación, órganos
de dirección, etc.)
7) Equilibrar el tiempo y las actividades dedicadas a la acción tutorial grupal,
la individual, la familiar y la coordinación del equipo educativo.
Los criterios para asignar tutorías tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
-Dar clase a todo el grupo.
-Continuidad en el ciclo.
-Dar el mayor número de horas al grupo.
-Ofrecimiento voluntario o consensuado.
-Priorizar la función tutorial respecto a otras a realizar.
La coordinación mensual de los tutores y tutoras del mismo nivel con la Jefatura de estudios y el Departamento de Orientación, se dedicará a evaluar el desarrollo de las últimas sesiones realizadas, preparar las siguientes, entregar materiales, transmitir información, comentar las incidencias ocurridas durante el mes y coordinar las actuaciones con el alumnado, las familias y los equipos educativos.
El aumento de las funciones asignadas a la tutoría hace necesario que los tutores y tutoras dispongan del tiempo necesario para el desarrollo de su labor: actividades con todo el grupo , coordinación con jefatura de estudios y D.O., atención a las familias y al alumnado individualmente , la realización de tareas burocráticas, etc. En la medida de las posibilidades del centro, dispondrán de 1 hora lectiva y 2 complementarias.
De las actuaciones que se realicen se llevará a cabo una evaluación, y se elaborará una memoria por el D.O. que contenga la síntesis de la reflexión llevada a cabo con los implicados, haciendo referencia a los logros alcanzados, a los factores que han facilitado o dificultado su consecución y las modificaciones que se proponen.
Las líneas de actuación, actividades y responsables de la acción tutorial se detallan a continuación.
Atención al
alumnado, individualmente y en grupo
a) Atender las
dificultades del alumnado derivadas del proceso de enseñanza -aprendizaje. Competencia:
tutores, profesorado de los módulos , Departamentos.
b) Orientar personalmente en la hora semanal disponible (integración en el grupo, dificultades personales, orientación académica y profesional,...), al menos dos veces a lo largo del curso.Competencia: Tutores.
c) Atender a los alumnos que derivan los tutores o a petición propia, previa cita o libremente durante los recreos.Fijar con rapidez las citas.Realizar el seguimiento.Competencia: D.O.
d) Ajustar las actividades de tutoría grupal del P.A.T. a las necesidades, intereses y motivación de los grupos, a propuesta de los mismos, priorizando siempre las necesidades del grupo. Dedicar más tiempo a los temas que proponen. Elaborar un guión para el análisis de la semana.Competencia: D.O.,Tutores.
e) Coordinar la coherencia del Plan a lo largo de la E.S.O., de los Bachilleratos y de los Ciclos formativos. Competencia: D.O.,J.E., C.C.P.
f) Organizar las actividades grupales y elaborar los materiales necesarios para desarrollarlas. Variar las actividades que se repiten a lo largo de los cursos.Competencia: D.O., Tutores.
Coordinación del equipo educativo que interviene con el grupo
a) : Organizar reuniones de los equipos educativos que aseguren la coherencia en el desarrollo de las programaciones y la práctica docente en los siguientes momentos: además de las tres sesiones de evaluación, en Septiembre (para establecer criterios comunes sobre metodología, normas de convivencia, exigencia, concretar la atención a la diversidad, coordinación de programaciones,evaluación inicial,etc.), en Noviembre ( para realizar una evaluación inicial del grupo, sus características, sus dificultades, para matizar los acuerdos iniciales,etc.), en Febrero ( para revisión y seguimiento de los acuerdos alcanzados), así como en situaciones puntuales que lo requieran.Se pondrá especial atención a la preparación de dichas reuniones: priorizando objetivos, convocatoria con orden del día, documentación previa, dinámica de la reunión, control del tiempo, acuerdos que se toman , seguimiento de los mismos,etc. Competencia:D.O., Jefatura de estudios, Tutores, Profesorado de los módulos.
Coordinación de tutores
a) Coordinar mensualmente a los tutores del mismo nivel, dedicando tiempo a revisar la acción tutorial, a preparar y evaluar las tutorías grupales, etc.Competencia: D.O. , Jefatura de estudios, Tutores.
b) Facilitar elementos, materiales, actividades y situaciones que favorezcan la formación y la autonomía de los tutores en el desarrollo de sus funciones. Elaborar un cuaderno del tutor.
Competencia: D.O. y Jefatura de estudios.
c) Elaborar una ficha que recoja toda la información disponible sobre el alumnado, solicitando la necesaria a los centros de procedencia y facilitándola al equipo educativo a través de los tutores.Competencia: D.O.,Jefatura de estudios, Tutores.
Cuadros de actividades de tutoría grupal
Las actividades tutoriales grupales se recogen en cuadros resumen por niveles, elaborados en base a los criterios señalados y al resultado de la evaluación realizada el curso anterior.
Se trabajará desde tres estamentos: departamento de orientación, equipo docente, tutor del ciclo. Este trabajo se realizará a dos niveles, uno personal y otro grupal.
Aspectos organizativos de la tutoría
Se reservará una hora lectiva para la actividad de tutoría en la que profesor/a y alumnado puedan reunirse como grupo o individualmente.
El profesor tutor o tutora dedicará una hora complementarias para la atención de padres y madres y alumnado y otra hora complementarias para poder coordinarse con el dpto. de orientación.
En el caso del tutor o tutora de la FCT dedicará un tercio de su jornada lectiva semanal para las actividades y funciones que le son propias, en el curso en el que se desarrolle la FCT. Según Circular de la Dirección General de F.P.
9 . ORIENTACIONES ACERCA DEL USO DE ESPACIOS Y EQUIPAMIENTOS
Para el desarrollo de las actividades docentes en el Ciclo Formativo se cuenta con los siguientes espacios:
- Aula de ordenadores (AA2) de 120 metros cuadrados aproximadamente, que cuenta con red local Windows, con servidor y 15 puestos. Se dispone de impresora laser conectada en red, 2 aparatos de Fax, centralita telefónica con teléfono de operadora y 6 teléfonos en extensiones diferenciada, archivo y armarios de oficina.
- Aula de ordenadores (AA1) de 120 metros cuadrados aproximadamente, que cuenta con red local Windows, con servidor y 20 puestos. Se dispone de impresora laser conectada en red, 2 aparatos de Fax, enchufes de conexión telefónica, archivo y armarios de oficina.
- Aula/s polivalente/s de 58 metros cuadrados.
Las horas de utilización de estas aulas para los diferentes módulos ha sido acordada por el profesorado que imparte el Ciclo Formativo de la siguiente manera:
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MODULO |
AA1 |
AA2 |
H. Aula polival. |
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1. Comunicación y relaciones profesionales |
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3 |
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2. Organización del servicio y trabajos de secretariado |
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3 |
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3. Gestión de datos |
4 |
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|
|
4. Elaboración y presentación de documentos e información |
6 |
|
|
|
5. Elementos de derecho |
2 |
||
|
6. Lengua extranjera (inglés) |
5 |
||
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7. Lengua extranjera (francés) |
|
5 |
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8. Formación y orientación laboral |
2 |
||
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Totales |
10 |
3 |
17 |
10. FORMACION EN CENTROS DE TRABAJO
10.1. Acceso
Ver sistema de evaluación, apartado “acceso a la FCT”.
10.2. Objetivos de la FCT
Complementar la adquisición por los alumnos/as de la competencia profesional conseguida en el centro docente, mediante la realización de actividades en centros de trabajo.
Contribuir al logro de las finalidades generales de la formación profesional que son:
Adquirir la competencia profesional de cada título.
Madurez profesional para futuros aprendizajes.
Facilitar la adaptación al cambio de cualificaciones profesionales.
Evaluar aquellos aspectos del perfil profesional que aun no pudiendo realizarse en el centro docente, al requerir situaciones reales de producción, es útil para normalizar la nota entre los distintos alumnos y para poder conocer si se han adquirido las capacidades terminales.
Adquirir el conocimiento de la organización productiva correspondiente al perfil profesional y el sistema de relaciones sociolaborales del centro de trabajo, a fin de facilitar su futura inserción profesional.
10.3. Programa formativo
Deben tenerse en cuenta los siguientes aspectos :
Puestos ó situaciones de trabajo relacionados con la realización de las actividades en el centro de trabajo.
Proceso de preparación de la actividad y desarrollo de la misma en relación con:
El modo de participación e integración del alumno respecto de del equipo de trabajadores de la empresa;
Los recursos y medios que debe disponer y utilizar el alumno.
Los medios y documentación técnica de la empresa, necesariamente involucrados.
Medidas de integración en la estructura productiva y del conocimiento del sistema de realizaciones laborales.
Temporalización: duración de las actividades y periodo de realización.
Marco disciplinario laboral del alumno/a participante y normas de seguridad e higiene de la empresa.
Elementos que debe incluir el programa formativo:
a) Areas o departamento del centro de trabajo por el que rotará el alumno/a con la temporalización correspondiente a cada uno.
b)Desarrollo de las actividades en cada departamento, especificando.
Capacidades terminales de la FCT involucradas
Actividades productivo-formativas que deben permitir ejecutar o, en su caso completar, la competencia profesional requerida en el empleo.
Actividades de evaluación pertinentes en cada actividad, extraídos de los establecidos y adaptándolos a situaciones de trabajo concretas. Dichos criterios formaran parte de la “Ficha individual de Seguimiento y Evaluación ”anexa al programa formativo.
10.4. Evaluación
La calificación del módulo profesional de formación de centros de trabajo se formulará en términos de apto/no apto y será realizada por el Profesor tutor del grupo con la colaboración del responsable designado por el centro de trabajo para el seguimiento de la formación del alumnado durante su estancia en dicho centro. La colaboración consistirá en un informe que valore las actividades realizadas en relación con los objetivos atribuidos a este módulo. Si la formación en centros de trabajo ha tenido que desarrollarse en varios centros o empresas, se recabará un informe de cada uno de ellos.
10.5. Prueba de convalidación de la FCT
Contenido y calendario correspondiente a la prueba del módulo de formación en centros de trabajo.
Atenderá a los siguientes aspectos:
a) La elaboración de dicha prueba será coordinada por el jefe de departamento de la familia profesional. En ella participarán los profesores/as tutores del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo.
b) La prueba tomará como referencia las capacidades terminales con sus respectivos criterios de evaluación expresados en dicho módulo profesional, así como las realizaciones y la práctica laboral previa (debe estar en concordancia con las capacidades terminales) que el alumno o alumna ha realizado en la FCT.
c) Dicha prueba deberá simular, en la medida de lo posible, los tipos de actividades de evaluación programadas para los alumnos/as que realicen el módulo de Formación en Centros de Trabajo.
d) La tipología de estas pruebas será procedimental; es decir, versará sobre supuestos prácticos que puedan transformarse fácilmente en actividades reales productivas. Se tratará de evitar por tanto, exámenes escritos.
Calendario y contenido de la prueba
La prueba se realizará en el mes de septiembre una vez realizada la sesión de evaluación y calificación extraordinaria final de módulos pendientes y antes del inicio de la formación en centros de trabajo. Se informará con antelación suficiente de lista de admitidos, tipo de prueba, criterios de evaluación, fecha, hora, lugar, materiales necesarios si lo fuesen, etc.
La prueba consistirá en la realización de las siguientes tareas:
Elaboración de diversa documentación escrita, propia del trabajo de secretariado, mediante ordenador. Parte de las comunicaciones escritas se realizarán en inglés y/o francés.
- Realización de tareas en las que sea precisa la utilización del procesador de textos, agenda electrónica, hoja de cálculo y base de datos.
10.6. Periodo de realización de la FCT
El módulo FCT será realizado al final del Ciclo Formativo, una vez superada la formación cursada en el centro docente. El número de horas de duración de la FCT incluirá las horas de tutoría en el centro docente.
El Módulo de FCT se desarrollará durante el período lectivo anual (de 1 de septiembre a 30 de junio, excluidos los períodos de vacaciones de Navidad y Semana Santa, a tenor del calendario escolar vigente). Normalmente se realizará en el periodo septiembre-diciembre del curso posterior a la formación desarrollada en el Instituto.
La duración de las estancias de los alumnos y alumnas en el centro de trabajo será igual o cercana al horario laboral de la entidad colaboradora, reservando una jornada cada quincena para la realización en el centro docente de actividades tutoriales de seguimiento y evaluación continua del programa formativo. La realización del Módulo profesional de FCT en períodos distintos a los señalados será:La realización de las actividades formativas del Módulo de FCT en provincias distintas a la que constituye el emplazamiento del centro escolar requerirá, igualmente, la autorización expresa citada.a.- Para aquellos alumnos o alumnas que tengan algún Módulo pendiente de superación o bien sean declarados No Aptos en el Módulo dé FCT. En este caso están previstos períodos extraordinarios para su realización en las mismas u otras empresas.
b.- Para aquellos casos en los que la disponibilidad para el desarrollo de la misma así lo requieran. En estos casos será necesaria la autorización expresa de la Administración educativa competente.
10.7. Funciones del profesor/a tutor/a de FCT
Las. funciones y competencias del profesor-tutor o profesora-tutora responsable de la FCT de cada grupo de alumnos y alumnas , son las establecidas en el art. 56 puntos 1 y 2 del R.D. 83/96 ya citado, y las que se reseñan a continuación:
- El profesor-tutor o tutora del grupo de alumnos y alumnas del centro docente establecerá un régimen de visitas al centro de trabajo, de periodicidad quincenal, al menos, para mantener entrevistas con el responsable del centro de trabajo, observar directamente las actividades que el alumnado realiza en el mismo y registrar su propio seguimiento.
- Elaborar y acordar con el responsable designado por la empresa el "programa formativo" de la FCT, considerando datos y conclusiones anteriores que sugirieran su modificación.
- Orientar al alumno o alumna , auxiliado por el profesor o profesora de la especialidad de Formación y Orientación Laboral (FOL), previamente al comienzo de la FCT, tanto sobre los aspectos generales de la misma (finalidades del módulo, características, documentación que ha de cumplimentar, etc.) así como de las condiciones concretas convenidas con el centro de trabajo correspondiente sobre:
Programa formativo,
Organización, estructura, características del sector, actividad, y recursos tecnológicos del centro de trabajo donde realizará la FCT.
Marco disciplinario y de seguridad e higiene, .
Responsable de la FCT en el centro de trabajo correspondiente,
Puestos ó situaciones de trabajo,
Líneas generales de la preparación y desarrollo de las actividades, de la participación e integración en el equipo, de las condiciones del uso de recursos e información, etc.
- En su caso, decidir -con el acuerdo del Jefe de Departamento de la Familia Profesional- la secuenciación de la FCT en varias empresas o centros de trabajo.
- Relacionarse periódicamente (al menos una vez cada quince días) con el responsable designado por la empresa para el seguimiento del "programa formativo", a fin de contribuir a que dicho programa se ajuste a la cualificación que se pretende.
- Atender periódicamente (una vez cada quince días) en el centro docente, a los alumnos y alumnas durante el período de realización de la FCT, con objeto de valorar el desarrollo de las actividades correspondientes al programa formativo. Supervisar las "hojas semanales del alumno", organizar las puestas en común del alumnado y los apoyos en el centro, si fueran necesarios.
- Extraer datos y conclusiones que realimenten las actividades, con especial atención a aquellos que sugieran la modificación de la programación docente, del programa formativo o que afecten a la continuidad del convenio con la empresa.
- Evaluar el módulo de FCT con la colaboración del responsable del centro de trabajo, comprobando la evidencia de competencia mostrada por el alumno, teniendo en cuenta, entre otros, los encuentros periódicos entre ambos y el informe "Anexo IV' emitido por el responsable de la empresa.
- Calificar este módulo en términos de Apto/No Apto.
- Captar datos significativos que le sean requeridos, para la evaluación global del sistema de la FCT.
- Elaborar los Informes preceptivos.
- Cumplimentar las Fichas Estadísticas correspondientes a la FCT.
- Elaborar una memoria de Fin de Curso sobre la FCT que ha coordinado.
10.8. Funciones del profesor/a de FOL
Las funciones y competencias del profesor de la especialidad de Formación y
Orientación Laboral (FOL), con respecto de la FCT son las siguientes;
Informar al alumnado que acudirá a las empresas a realizar la FCT, con claridad, que durante su permanencia en el centro de trabajo carece de relación laboral, o contractual con la empresa, que deberá guardar las normas de higiene personal, presencia y comportamiento que sean de uso en la empresa y que, asimismo, deberá guardar todas y cada una de las normas de seguridad en el trabajo características del sector productivo al que pertenezca el centro de trabajo.
Auxiliar al profesor-tutor o tutora de la FCT, durante la jornada quincenal en que los alumnos y alumnas acuden al centro docente, para las acciones tutoriales y orientadoras.
Colaborar con el profesor-tutor o tutora en la orientación del alumnado en general.
10.9. Funciones de jefe/a de Departamento de la Familia Profesional.
Si un centro de
trabajo es insuficiente para conseguir todas las capacidades terminales de la
FCT y requiere la complementación con otros, el tutor junto al jefe de dpto.
realizará la selección, identificación y secuenciación de los centros de
trabajo que constituyan el “programa formativo”, siendo aconsejable, a estos
efectos, no superar el número de tres empresas empresas/instituciones. Si se
precisará secuenciar con más de tres centros de trabajo, se solicitará
autorización a la Administración educativa competente.
10.10.
Actividades del profesorado durante el desarrollo de la FCT.
Las actividades lectivas que realizarán, además de la actividad docente ordinaria, serán por orden de importancia :
Actividades de recuperación para alumnos/as con módulos pendientes.
Actividades de evaluación y calificación extraordinaria.
Reuniones de equipos docentes para revisión del proyecto curricular.
Formación de grupos de trabajo.
Necesidades especificas del centro de enseñanza.
El profesor/a tutor/a de la FCT. dispondrá de una reducción de 6 horas lectivas para desarrollar las siguientes funciones:
Atención de tutoría de alumnos/as quincenalmente al menos.
Seguimiento que realicen la FCT en periodo extraordinario u ordinario.
La programación y preparación del módulo profesional de Formación en centros de Trabajo.
10.11. Relación
del alumno o alumna con la entidad colaboradora.
La
relación entre el alumno y el centro de trabajo o entidad colaboradora, como
consecuencia del convenio especifico de colaboración para la realización de
las actividades del Módulo Profesional de Formación en Centros de Trabajo, no
tendrá, en ningún caso, naturaleza jurídica laboral, de acuerdo con lo
dispuesto en la Disposición Adicional segunda del Real Decreto 2317/93 de 29 de
diciembre ("B.O.E."' del 31). Por tanto, los alumnos no podrán
percibir retribución alguna por su actividad formativo, ni por los resultados
que puedan derivarse de ella.
10.12. Causas de rescisión del contrato. Duración.
Los "convenios" específicos de colaboración para la realización de las actividades de formación en centros de trabajo deberán formarse por escrito según el modelo que figura como Anexo 0 de estas Instrucciones. Deberán ser firmados por el representante legal de la Empresa o Institución colaboradora y por el Director del centro docente, y contará con el visto bueno del Servicio provincial de Educación, quien notificará a la Dirección Provincial del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la relación de alumnos (Anexo 1) que en cada período de tiempo están realizando la FCT en las empresas e instituciones. A estos convenios se irán incorporando a lo largo del período de vigencia los sucesivos Anexos 1 con la relación de alumnos participantes, número de horas y períodos de realización de la FCT, que contarán con la conformidad de la Inspección de Educación.
La duración de estos convenios específicos de colaboración será de un año a partir de su firma, considerándose prorrogado automáticamente cuando ninguna de las partes firmantes manifieste lo contrario.
Los convenios específicos de colaboración se extinguirán por expiración del tiempo convenido, y podrán rescindirse por cualquiera de las partes, mediante denuncia, el cese de actividades del centro docente, de la empresa o institución colaboradora, cuando alguna de ellas lo comunique a la otra con una antelación de 15 días y basada en alguna de las siguientes causas:
b)Fuerza mayor que imposibilite el desarrollo de las actividades programadas.
c)Incumplimiento de las cláusulas establecidas en el convenio especifico de colaboración, inadecuación pedagógica de las prácticas Normativas, o vulneración de las normas que, en relación con la realización de las actividades programadas, estén en cada caso vigentes.
d)Mutuo acuerdo entre el centro docente, adoptado por el Director del centro. y la empresa o institución colaboradora.
Se podrá rescindir para un determinado alumno o grupo de alumnos, Por cualquiera de las partes firmantes, y ser excluido de su participación en el convenio por decisión unilateral del centro docente, de la empresa o institución colaboradora, o conjunta de ambos, en los siguientes casos:
-Faltas repetidas de asistencia y/o puntualidad no justificadas.
-Actitud incorrecta o falta de aprovechamiento, previa audiencia al interesado.
El centro docente deberá informar al Servicio provincial de Educación de la extinción o rescisión de los convenios específicos de colaboración en cualquiera de los casos, ésta, a su vez, lo comunicará a la Dirección Provincial del Ministerio de Trabajo Y Asuntos Sociales.
Los representantes de los trabajadores de los centros de trabajo serán informados del contenido especifico del programa formativo que desarrollarán los alumnos sujetos al convenio de colaboración con anterioridad a su firma, actividades, calendario y horario de las mismas, y localización del centro o centros de trabajo donde se realizarán.
10.13. Informes que deben ser realizados por el Centro Docente.
Semestralmente, cada profesor-tutor o tutora de la FCT, elevará un informe al Director del centro, que deberá ser presentado al Consejo Escolar, sobre el desarrollo de los Módulos de FCT en los Ciclos Formativos y las relaciones con las empresas, cumplimentando las correspondientes fichas estadísticas de seguimiento y evaluación pedagógica, así como de gestión económica y administrativa.Compensación de los gastos ocasionados por el desarrollo de la FCT.
Según se dispone en la Circular de la Dirección General de Formación Profesional, los centros docentes públicos que tengan autorizada la impartición de Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, a tenor de lo dispuesto en la O.M. de 9 de marzo de 1990 (B.O.E. del15), por la que se regula la gestión y liquidación de las tasas académicas y desarrolla el sistema de aplicación de la autonomía de gestión económica de los centros docentes no universitarios y lo previsto en el art. 21 punto g) del R.D. 83/96 de 26 de enero, consignarán en una rúbrica específica en los Presupuestos de Gastos/Ingresos del centro, aprobados por el Consejo Escolar, las cantidades necesarias para atender aquellos gastos derivados de las actividades reguladas por las presentes Instrucciones, tanto aquellas referidas a alumnos y profesores-tutores como aquellas destinadas a la compensación económica a las empresas colaboradoras. Las mencionadas cantidades irán destinadas, en el primer caso, especifica y exclusivamente a la compensación de los gastos originados por la puesta en marcha y desarrollo de las actividades del Módulo profesional de FCT, es decir, gastos de locomoción y transporte de alumnos, gastos de comunicación de los profesores-tutores de la FCT en el desempeño de sus tareas y funciones, siempre con observancia de los procedimientos de justificación del gasto (recibos, facturas, etc.); y en el segundo caso, a la compensación económica a las empresas colaboradoras, que serán satisfechas de acuerdo con los apartados 5 y 6 de esta Instrucción DÉCIMA.